CNACC - Falsificación de instrumento privado - Estafa - Sobreseimiento - Revocación

Fecha Fallo

El tribunal revocó parcialmente el sobreseimiento por estafa y falsificación de instrumento privado, recurrido por la querellante particular, por cuanto la excusa absolutoria en que se había basado el sobreseimiento no alcanza al segundo de los delitos. 

Carátula
“CALVO, L. A. s/sobreseimiento, defraudación, falsificación documento privado” (Causa Nº 37.345/2020)
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La reforma penal y la supervisión postpenitenciaria

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En su capítulo del libro "Políticas públicas y política criminal", la autora evalúa críticamente el seguimiento postpenitenciario de las personas condenadas, desde una posición vinculada a la práctica de la ejecución penal y con un tono claro y conciso.


Cita sugerida:

Barreyro, Virginia, La reforma penal y la supervisión postpenitenciaria, en Moreira, Juan Manuel; Constanzo, Leandro (comps.), Políticas públicas y política criminal, Desarrollo I, Incluyendo Derecho, link permanente http://www.pensamientopenal.com.ar/doctrina/89420-reforma-penal-y-super…
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La ejecución penal en perspectiva: lineamientos para los cambios posibles

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La autora reflexiona sobre la configuración actual del sistema de ejecución de la pena y propone ejes temáticos que deben orientar su reforma jurídica y práctica. 

Cita sugerida:
Monsalve, María Jimena, La ejecución penal en perspectiva: lineamientos para los posibles cambios, en Moreira, Juan Manuel; Constanzo, Leandro (comps.), Políticas públicas y política criminal, Desarrollo I, Incluyendo Derecho, link permanente http://www.pensamientopenal.com.ar/doctrina/89419-ejecucion-penal-persp…
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CNACC - Prescripción de la acción penal - Falta de fuerza interruptiva de la acción de la sentencia que confirma la condena

Fecha Fallo

“-La primera fuente de interpretación de una norma es la letra de la ley; y cuando el art. 67 C.P., luego de enumerar una serie de actos propios de la investigación preliminar y del juicio, culmina la enunciación con la referencia al dictado de la sentencia condenatoria, aunque ésta no se encuentre firme, claramente se está haciendo referencia a la primera oportunidad en que la persona imputada resulta condenada; no a las posteriores resoluciones adoptadas por tribunales revisores que confirman la decisión primigenia

Cita de “Valenzuela”, Reg. 1906/2019 y “Borlicher”, Reg. 3435/2020

Carátula
González, Ángel Emanuel s/ recurso de casación”, CNCCC 53654/2016/TO1/CNC3
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Compendio sobre delitos de trata de personas con fines de explotación sexual y laboral -2021-

La Dirección General de Políticas de Género (DGPG) y la PROTEX (Procuraduría de Trata y Explotación de Personas) confeccionaron el compendio jurisprudencial sobre delitos de trata de personas con fines de explotación sexual y laboral. Es el quinto de una nueva serie organizada temáticamente. 

Parte del reconocimiento de un cambio al momento de resolver estos casos, no sólo por los argumentos que brindan los tribunales sino también por el rol que ocupa la aplicación e interpretación de los tratados de derechos humanos, específicamente la CEDAW, la Convención de Belém do Pará, el Protocolo de Palermo, las Reglas de Brasilia y los informes de distintos organismos internacionales.
Se incluyen decisiones de la Cámara Federal de Casación Penal y de distintos Tribunales del resto del país sobre casos de trata de personas con fines de explotación sexual y laboral en los que se destacan diversas problemáticas en relación a las víctimas de este tipo de delito.
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Corrupción y Responsabilidad de las Personas Jurídicas

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El autor analiza la estrecha relación entre la dificultad de encuadramiento jurídico dentro del derecho penal de la responsabilidad de imputación de las personas jurídicas con la corrupción
tanto pública como entre privados haciendo foco en América Latina, comparando con
países desarrollados y abordando nuestra legislación interna que persigue este tipo de
hechos delictivos.



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Hablemos de la imparcialidad del juez, ¿la opinión pública es un argumento a favor de los juicios por jurados? Un análisis partiendo de la teoría de la espiral del silencio

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Nro. 11 | Revista Jurídica de la Universidad de San Andrés

Resumen 

En este trabajo, presento los motivos por los que la opinión pública, lejos de ser un
argumento en contra de los juicios por jurados, es un argumento en contra de los
jueces profesionales. Uno de los argumentos más comunes para negar la posibilidad
de que se aplique el juicio por jurados es que se verán influenciados por la opinión
pública, lo cual podría comprometer notoriamente ciertas garantías constitucionales
en el proceso penal, entre ellas la garantía de un juez imparcial. Para esto, comenzaré
por abordar brevemente dicha garantía. Luego, revisaré cuestiones atinentes al juicio
por jurados, su forma de selección y sus decisiones. Posteriormente, procederé a
examinar la teoría de la espiral del silencio, ensayada por Elisabeth NoelleNeumann. Por último, tenderé el puente entre ella y el proceso penal con y sin juicios
por jurados. El objetivo del texto es analizar la opinión pública y su influencia en el
proceso penal desde la óptica de esta teoría.
Nro. 11 | Revista Jurídica de la Universidad de San Andrés
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Entre Ríos. Valor del testimonio de la víctima de abuso. Concurso de delitos.

Fecha Fallo

Lo expresado por el defensor en esta instancia es exactamente lo mismo que lo que expresó la defensa en el juicio, insistiendo con porfía en confundir fechas, dichos y posibilidades, lo que quiero entender, obedece a un mal entendimiento por el letrado mismo, y no a una maniobra deliberada.


El planteo olvida que los ataques a la integridad sexual pueden ser múltiples; que tiene que ver con el derecho de la indemnidad sexual, y que de ningún modo puede pensarse que un acometimiento incestuoso, reiterado, con tocamientos durante meses por un lado, y accesos carnales por el otro, que se develan en dos tiempos, conforme a las posibilidades de la víctima, se fundan en un solo hecho, sólo por la magia de la aplicación de las reglas del concurso ideal; y que, como derivación, habiendo juzgado los tocamientos, las violaciones queden subsumidas en el juzgamiento de los primeros.

De acuerdo al Fallo, el "Secreto, garantía de poder, grave lesión y trauma psíquico, implicancia, desvalimiento, son todos conceptos que deben incorporarse cuando se piensa en la credibilidad o no de un sujeto niño adolescente, pasivo de un ataque sexual. Esto es, no puede sin más, como se pretende, aplicarse la inferencia de la inverosimilitud del relato porque ha habido reticencias u ocultamientos de lo que le sucedió".
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