Chaco: Agravamiento de las condiciones de detención - Acoge habeas corpus y dispone traslado de peticionario - Control judicial de las facultades del Servicio Penitenciario Federal

Fecha Fallo
El Juzgado Federal de Resistencia n° 2 hizo lugar al habeas corpus planteado por una persona detenida que había solicitado su traslado, y ordenó al Servicio Penitenciario Federal que proceda a imprimirle rapidez y celeridad al trámite relativo al traslado en cuestión. Tomó en consideración que las decisiones del Servicio Penitenciario Federal se encuentran sometidas al control judicial de legalidad, y que los traslados, conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y las Reglas Mandela, no pueden ser empleados como forma de castigo o penalidad. 
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“AGUIRRE, JONATAN ALEXIS S/ HABEAS CORPUS”
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CNCCC: Concede recurso y ordena excarcelación - Tiempo detenido mayor al mínimo de la escala penal aplicable - Ausencia de riesgo procesal - Aplicación ley Salud Mental

Fecha Fallo

SUMARIO:


-Se verifica una errónea interpretación y aplicación al caso de las normas que regulan el instituto de la excarcelación, pues aun cuando el hecho de que el imputado cuente con antecedentes impide la eventual imposición de una pena de ejecución condicional, la calificación jurídica asignada al hecho atribuido –robo en grado de tentativa- prevé una escala penal cuyo máximo no supera los ocho años de prisión, lo cual determina que no se presenten los presupuestos objetivos a partir de los cuales el legislador presume riesgos procesales (arts. 316 y 317, inc. 1°, CPPN). Además, no se observan elementos que permitan configurar la existencia de riesgos procesales, más allá de la imposibilidad de que la pena sea dejada en suspenso respecto de quien lleva en detención un lapso tres veces superior al mínimo de la escala penal aplicable, lo que torna desproporcionada la medida de encierro cautelar. Por lo demás, cabe considerar que la hermana del imputado manifestó su posibilidad de afrontar la caución real impuesta y que se constató debidamente el domicilio oportunamente informado, circunstancias que permiten afirmar que el riesgo de elución derivado de la posibilidad de una eventual pena de efectivo cumplimiento se encuentra debidamente conjurado con la sujeción de la libertad del acusado a la caución impuesta (voto de los jueces Huarte Petite, Morin y Sarrabayrouse)

 

-Corresponde conceder la excarcelación e informar lo resuelto al a quo para que además de efectivizar lo decidido y labrar el acta correspondiente, dé intervención a la justicia civil a fin de que se adopten las medidas que el juez o la jueza de ese fuero que resulte designado entienda pertinentes en el marco de la ley 26.657 y demás normas concordantes, en atención a las conclusiones que el que los profesionales del Cuerpo Médico Forense que refirieron que si bien no se evidencia riesgo cierto e inminente para sí o terceros, resulta necesaria la implementación de un tratamiento interdisciplinario en salud mental (voto de los jueces Huarte Petite, Morin y Sarrabayrouse)

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FREITES, ROBERTO JOSE s/ Incidente de excarcelación
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CNACC: Rechazo de habeas corpus en favor de menor de edad aislada en hotel tras dar COVID 19 positivo al ingresar al país en vuelo proveniente del exterior

Fecha Fallo

SUMARIO: 

- Habeas corpus. 

- Rechazado y elevado en consulta.

- Acción interpuesta en favor de una menor de edad aislada en un hotel de la Cdad. de Buenos Aires tras resultar positiva la prueba de Covid a su arribo al país. Accionantes que señalaron que la menor 

padece de anorexia nerviosa diagnosticada y adjuntaron certificados dando cuenta del control estricto que de su conducta debe llevar un familiar directo y de las condiciones emocionales en las que se encuentra que le impiden afrontar un aislamiento lejos de sus vínculos afectivos familiares, solicitando por ello que el aislamiento se lleve a cabo en el domicilio particular.

 - Situación que difiere de los casos en que el aislamiento puede cumplirse en los domicilios particulares (Decisión Administrativa 643/2021 de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, emitida el 25/06/2021). Limitación ambulatoria que no resulta ilegítima. Poder Ejecutivo Nacional que ha pretendido dar respuesta a la grave situación originada por el virus Covid-19 y mitigar, particularmente, la introducción de las denominadas variantes “Delta” y “Beta”. Razonabilidad y proporcionalidad de las medidas que persiguen la protección de la salud de la población. Aislamiento que la menor está cumpliendo en compañía de su padre, quien se encuentra hospedado en un dúplex con su hija, debidamente separados entre ellos mediante una puerta, cerrada sin llaves. Ausencia de razones que importen una situación de urgencia que pudiera justificar la adopción de un tratamiento excepcional.

- Confirmación.

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"M., D. s/ habeas corpus” (Causa Nº 33.065/2021)
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CSJN. Debe tenerse en cuenta la duración total del proceso para analizar el plazo razonable

Fecha Fallo

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revoca sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires y reitera su criterio acerca de que la razonabilidad del plazo se debe apreciar en relación con la duración total del procedimiento -incluyendo los recursos de instancia que pudieran eventualmente presentarse-, hasta que se dicte sentencia definitiva y firme en el asunto, con lo cual se agota la jurisdicción (Corte IDH, Caso Suárez Rosero vs. Ecuador, párr. 71; en igual sentido, TEDH, Casos Robins v. the United Kingdom, 23 Sept. 1997, §28; Silva Pontes v. Portugal, 23 Mar. 1994, §36; Di Pede v. Italy, 26 Sept. 1996, §32; Zappia v. Italy, 26 Sept. 1996, §§20-22; Bouilly v. France, 7 Dec. 1999, §§19-23; Pinto de Oliviera v. Portugal, 8 Mar. 2002, §26; Mocie v. France, 8 Apr. 2003, §§21-22)

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Salidas no punitivas: La educación como herramienta para el abordaje de las violencias por motivos de género

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Hace tiempo que desde los feminismos surgen preguntas en torno al movimiento, las cárceles y el punitivismo como constructo social. ¿Es posible sostener una postura ideológica punitiva y ser feminista a la vez? ¿Todos los feminismos son iguales en relación, sobre todo, a cómo se piensan los contextos de encierro punitivo? Aquí no se propondrán respuestas sino incógnitas y algunas reflexiones que tengan como objetivo el aporte a la construcción de nuevos sentidos y a la puesta en crisis de otros históricos relacionados con estas temáticas.

Desde estos feminismos, populares y no punitivos, surgen preguntas sobre cómo se da el abordaje de los varones en los contextos de encierro punitivo. ¿Se tienen en cuenta las mismas condiciones de interseccionalidad? ¿El castigo es la única estrategia de abordaje ante situaciones de violencia de género? ¿Cómo se puede pensar en las configuraciones de los géneros en el marco de las cárceles? ¿La violencia que se ejerce en las cárceles, tanto por parte del Sistema Penitenciario como
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¿Qué pasa con las cárceles alrededor del mundo? Informes, crónicas y notas relevadas por Adolfo Christen (Informe 73)

Adolfo Christen nos releva noticias del mundo sobre la realidad penitenciaria y nos muestra cuáles son las diferentes medidas que los Estados adoptan frente al virus Covid 19 en contextos de encierro. Una información de vital importancia a la hora de estudiar la situación carcelaria y diseñar políticas públicas.

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Córdoba: Jurisprudencia de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba sobre violencia de género.

Fecha Fallo


El Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba publicó de modo libre el resultado de la compilación y sistematización de jurisprudencia penal propia sobre violencia de género realizada por la Relatoría de la Sala Penal, material que se corresponde con el primer número de la colección “Selección de jurisprudencias generales o temáticas de Salas del Tribunal Superior de Justicia”, inaugurada en los 25 años institucionales del área de Investigación del Centro de Perfeccionamiento “Ricardo C. Núñez”.

Sitio web del Poder Judicial de Córdoba

Sitio web del Centro de Perfeccionamiento "Ricardo C. Núñez"

Publicación digital oficial del libro
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Extractos de fallos sintetizados y sistematizados temáticamente
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Objetividad de los deberes y razones para la acción. Notas desde el externalismo

Sumario para contenido

En el trabajo se explora cómo un externalismo respecto
de razones para la acción contribuye a comprender la relación entre agentes y normas. Para ello, primero se presenta
la distinción entre externalismo e internalismo; segundo,
se revisan las dificultades del internalismo para explicar la
objetividad de los deberes y; finalmente, se defiende al externalismo de la crítica según la cual no puede dar cuenta
del principio «debe implica puede».

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CNCCC. Rechazo del derecho del querellante a impugnar la sentencia que hizo lugar al acuerdo de juicio abreviado

Fecha Fallo

-Es inadmisible el recurso de casación deducido por la querella contra la resolución que, mediante la suscripción de un acuerdo de juicio abreviado, condenó al imputado a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación por la comisión del delito de homicidio culposo. Ello, pues la recurrente –que se había opuesto a la celebración del mencionado acuerdo- insiste en su pretensión inicial de que el caso sea resuelto mediante la sustanciación del debate oral y público, sin lograr identificar en ningún pasaje de su impugnación el yerro del tribunal oral al resolver de esa manera. Por el contrario, se limita a invocar un caso de arbitrariedad que omite precisar de qué modo de configuraría, sin cuestionar, ni siquiera mínimamente, algún aspecto de la condena, más allá de la modalidad elegida para arribar a su dictado (voto de los jueces Días y Morin)

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CNCCC. Rechazo de habeas corpus planteado en favor de quienes no pueden ingresar al país por restricciones

Fecha Fallo

- Habeas corpus.

- Magistrado que rechazo el planteo de quien accionara en representación de “la totalidad de las personas argentinas (…) que no p(ueden) ingresar a(l) país debido a la amenaza cierta e inminente de ser detenidas en los pasos fronterizos.

- Actuaciones en donde no se llevó a cabo ninguna medida para determinar, respecto de los representados, el efectivo interés en iniciar la acción, las razones ciertas de sus agravios y, particularmente, si mediaban cuestiones de salud, no siendo ni siquiera convocados a ratificar la presentación para comprobar la existencia de un acto lesivo actual que restrinja la libertad ambulatoria. Diligencias realizadas que no cumplen con lo requerido.

- Revocación

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