Neuquén: TOF absuelve a mujer que transportaba drogas de Argentina a Chile. Estado de necesidad justificante.

Fecha Fallo

En el fallo se contempla la situación de la imputada, descripta por el Ministerio Público Fiscal, donde se explica que es una mujer que pertenece a un sector socialmente desfavorecido, que se encontraba en una situación “desesperante” y de extrema necesidad ante la imposibilidad económica de hacer frente a una cirugía de alto riesgo que necesitaba su hijo y la presión que recaía sobre ella por ser el principal sostén económico y emocional de su familia. Frente a esta situación, terceras personas, abusando de su situación de extrema vulnerabilidad, la utilizaron para transportar material estupefaciente y de esta manera permitirle obtener el dinero necesario para que su hijo reciba adecuada atención médica. A partir de los elementos probatorios reseñados no quedan dudas a este Ministerio de que la Sra. Cardozo realizó un trabajo de transporte de drogas en condición de mula.

Con motivo de ello, el representante del Ministerio Público Fiscal explicó que a su criterio la imputada había actuado bajo un estado de necesidad justificante al verse obligada a transportar estupefacientes en su cuerpo para posibilitarle a su hijo el acceso a un adecuado tratamiento médico. Por los argumentos vertidos, expresó que no formulará acusación en contra de ella, toda vez que se tiene por acreditado un estado de necesidad que justificó su conducta (art. 34 inc. 3 del Código Penal) solicitando en consecuencia su absolución.

Así las cosas, el Tribunal expuso que se encontraba en condiciones de dictar sentencia y de hacer lugar al pedido Fiscal General del caso. Sus argumentos superan el estándar mínimo de fundamentación puesto a cargo del Ministerio que representa y por tanto, no queda sino para este Magistrado acatar y respetar su postura como titular de la acción penal pública. Ello atento la división de funciones que postula la Carta Magna y leyes dictadas en su consecuencia, incluida, claro está, la propia del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

Carátula
“CARDOZO Nora s/ Infracción Ley 23.737”, Expte. N° 440/2019/TO1
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Catamarca: Proyecto de ley sobre inclusión laboral de personas privadas de libertad

En el proyecto de ley presentado por el Gobernador de la provincia de Catamarca, se destaca que el trabajo formalizado es un componente clave para la reinserción social que posibilita que las personas privadas de su libertad y liberadas puedan participar de modo armonioso en la vida en comunidad, lo que permite afianzar vínculos y promover la seguridad ciudadana. 

En ese sentido, se agrega como fundamento que es indispensable la participación fuerte y focalizada del Estado y de los sectores privados frente los número crecientes de personas privadas de libertad y personas liberadas por año en nuestra región. 
Es por esto que el proyecto prevé la promoción y el acceso al empleado de las personas que recuperan la libertad con condenas cumplidas, aquellas en libertad condicional, quienes estén en período de prueba o semilibertad, o directamente para quienes estén cumplimiento condena o en prisión preventiva. 
Busca también otorgar incentivos económicos a quienes contraten a personas en esas condiciones y la implementación de pasantías laborales, entre otra serie de medidas. 
Por último, ha de destacarse que en sus fundamentos el proyecto reconoce el trabajo de Mario Alberto Juliano, en la búsqueda y en el compromiso inagotable en involucrar al Estado y a la comunidad en la concreción de derechos y en la construcción de sociedades más pacíficas e inclusivas.  
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¿Qué pasa con las cárceles alrededor del mundo? Informes, crónicas y notas relevadas por Adolfo Christen (informe 70)

Sumario para contenido

Adolfo Christen nos releva noticias del mundo sobre la realidad penitenciaria y nos muestra cuáles son las diferentes medidas que los Estados adoptan frente al virus Covid 19 en contextos de encierro. Una información de vital importancia a la hora de estudiar la situación carcelaria y diseñar políticas públicas.

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Jujuy. Superior Tribunal de Justicia anula sentencia laboral por graves errores de fundamentación e impone costas a lxs jueces

Fecha Fallo
Superior Tribunal de Justicia de Jujuy anula sentencia laboral de primera instancia por graves errores de fundamentación de la solución dictada y disentir entre los considerandos y la resolución respecto al monto de condena.

Impuso las costas de esa instancia a los jueces del tribunal conforme lo dispuesto en el art. 106 del CPC y no reguló honorarios a los letrados que representaron a las partes por no haber ninguno de ellos advertido los defectos del pronunciamiento y la nulidad que implicaban, su actuación en esa instancia resultó inoficiosa (art. 23 último párrafo ley 6112).
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