Presentaciones formuladas ante la opinión consultiva emitida a los Estados sobre “Mujeres y personas trans/travestis privadas de libertad”

Sumario para contenido
La Procuración Penitenciaria de la Nación, el Ministerio Público de la Defensa y el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura enviaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos informes en virtud de la solicitud de opinión consultiva emitida a los Estados sobre “Mujeres y personas trans/travestis privadas de libertad”. Estas tres instituciones elevaron sus informes, donde se describe la particular situación del colectivo, destacando la situación especial de riesgo que enfrentan las mujeres encarceladas en las Américas, las causas de su involucramiento en el sistema penal, y el impacto desproporcionado que su prisión ocasiona en las personas a su cargo.

Además de los informes presentados por escrito, los días 19 y 20 de abril tuvieron lugar las audiencias orales en la que se plasmó la opinión de diversos organismos sobre esta materia. 

En su presentación el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura consideró que debe prevalecer el interés superior de las personas menores de edad sobre el interés social de mantener privada de la libertad a su madre en un centro penitenciario, razón por la cual los Estados deberían priorizar la convivencia y el desarrollo del vínculo materno-filial fuera de los centros penitenciarios. Cuando excepcionalmente resulte inviable, los Estados deben contar con soluciones que garanticen entornos sanos y de características similares a las que se encuentran fuera de los centros penitenciarios. En consecuencia, considera el Comité, debe haber regulaciones que permitan acceder a la privación de libertad en su modalidad domiciliaria.
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Digesto de leyes, decretos y resoluciones dictados con motivo de la pandemia por coronavirus.

Este Digesto es una compilación de normas nacionales originadas a partir de la pandemia por el nuevo coronavirus COVID- 19. Contiene la normativa que ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Nación, en su versión actualizada. Además, suma normativa de carácter oficial no publicada, enviada por los organismos emisores. 

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CSJN: Se ratifica por unanimidad el derecho de las personas detenidas a licencias laborales

Fecha Fallo

Por regla general, los reclamos basados en la interpretación del derecho común -carácter que ostenta la ley 24660 (Fallos: 325:2031)- remiten a cuestiones cuya resolución es privativa

de los jueces de la causa y ajena a la instancia extraordinaria.


Tal es el caso de lo decidido en las instancias anteriores con fundamento en los artículos 107, 117 Y 120 de la ley de ejecución penal, en cuanto establecen, respectivamente, que el trabajo de los internos respetará la legislación laboral y de la seguridad social vigente, que en su organización, métodos, jornadas, horarios, seguridad e higiene se atenderán las normas del trabajo libre, y que el salario será abonado en los términos establecidos en la regulación en vigor, todo lo que condujo al tribunal a quo a considerar que el tiempo trabajado se debía computar como lo dispone el artículo 152 de la ley de contrato de trabajo, es decir, incluyendo los períodos de licencias legales o convencionales y las ausencias por enfermedad u otras causas no imputables al trabajador empleado.



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Recurso de hecho deducido por la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal -Colonia Penal de Santa Rosa U.4- en la causa Procuración Penitenciaria de la Nación y otros s/ hábeas corpus. FBB 7825/2016/1/1/RH1
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Sustracción de menores y abuso sexual. Procesamiento.

Fecha Fallo

Sustracción de menores de diez años de edad, en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal y/o introduciendo objetos en el cuerpo de la víctima vía anal y oral. Procesamiento.

- Menor de edad que fue sustraída durante tres días contra su voluntad y la de sus padres y luego fue hallada con incontrastables indicadores de prácticas sexuales cuya producción estaría limitada al lapso en que se encontraba con el imputado.

- Inicial “permiso” de la progenitora que quedó totalmente desplazado por una concreta y real sustracción. Elementos reunidos que permiten afirmar que se encuentra configurada la retención u ocultación dolosa que el tipo penal exige y descartar una intención por parte del imputado de restituirla.

- Restos de semen en la ropa y partes íntimas de la menor, más informes emitidos por los profesionales que la examinaron y dieron cuenta de las lesiones encontradas que otorgan densidad argumental a la postura incriminante y dotan de contenido al simbólico relato que la damnificada realizó, aun cuando no se desprendan detalles de una maniobra abusiva.

- Imputado que tuvo capacidad suficiente para comprender las normas y, en consecuencia, tomar la decisión de actuar en su contra. Forma en que mantuvo oculta a la menor durante tres días y recursos que exhibió para obtener alimento y moverse en medios de transporte, más el peculiar modo en que la llevaba tapada con cartones y dentro de una caja detrás de su bicicleta al ser aprehendido, que son una muestra clara y cabal de que comprendía perfectamente que la conducta que estaba ejecutando era contraria a derecho.

- Eventual avance del sumario hacia el debate que corresponde que sea habilitado para allí, por los principios de inmediatez, oralidad y contradicción que lo caracteriza, poder evaluarse con mayor amplitud los elementos de cargo reunidos y los cuestionamientos de la defensa. Compromiso asumido por el estado al ratificar la “Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer” y la “Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer -Convención de Belem Do Pará-”, de investigar, sancionar y reparar de manera efectiva hechos como el sometido a estudio y analizarlos a la luz del principio de amplitud probatoria. Necesidad de atender al interés de la damnificada conforme lo sentado en la “Convención sobre los Derechos del Niño” (Ley 23.849).

- Confirmación.

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CCC 11655/2021/CA2
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España: Ante la muerte instantánea de la persona que resulta atropellada, no es posible condenar por tentativa de omisión del deber de socorro

Fecha Fallo

HOMICIDIO POR IMPRUDENCIA MENOS GRAVE. Accidente de circulación. Atropello y muerte instantánea de la víctima a raíz del impacto. No fue la falta de previsión y cuidado, ni el desprecio a las normas más elementales de cautela, las causas determinantes del fatal resultado, pues el atropello se produce por no prestar la atención debida y sin adecuar la velocidad a las circunstancias del tráfico. OMISIÓN DEL DEBER DE SOCORRO. Inidoneidad de la tentativa en el delito de omisión del deber de socorro en un accidente de tráfico con muerte instantánea. El acusado incurrió en una omisión censurable en el plano ético, pero no puede sufrir pena privativa de libertad por un hecho que no es calificable como delictivo porque la capacidad de recibir el socorro es un elemento del tipo cuya ausencia hace imposible el juicio de subsunción. VOTO PARTICULAR.

El TS estima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la AP Las Palmas, condena por un delito de homicidio por imprudencia menos grave y absuelve del delito de omisión del deber de socorro.

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Sentencia 284/2021
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Caso ESMA IV: Fundamentos de la sentencia que condenó a los 8 acusados por delitos de lesa humanidad durante la dictadura cívico militar

Fecha Fallo

Casos: “Cabral, Raúl Armando s/privación ilegítima de la libertad agravada y tormentos”; “Ferrari, Horacio, Castelví,
Carlos María; Conde, Miguel; Carrillo, Carlos Néstor; Iturri, José Ángel; Ocaranza, Jorge Luís María; Zanabria, Ramón Roque s/privación ilegítima de la libertad agravada y tormentos” y "Vallejos, Claudio s/privación ilegítima de la libertad agravada”.

La sentencia del juez Daniel Horacio Obligado y las juezas Adriana Palliotti y Gabriela López Iñíguez aborda los crímenes
cometidos contra más de 800 víctimas en la ex ESMA, a los cuales
califica como crímenes de lesa humanidad e imprescriptibles.

Las condenas:
. prisión perpetua para el ex agente de la Policía Federal
Raúl Armando Cabral, el ex personal civil del Batallón de Inteligencia
601 del Ejército Argentino, Miguel Conde, y el ex oficial de la Armada
Carlos Mario Castellví.
. 15 años de prisión para los ex suboficiales
de la Armada Ramón Roque Zanabria, Jorge Luis Ocaranza, José Ángel
Iturri y Carlos Néstor Carrillo
. 6 años de prisión para el ex
conscripto de la Armada Claudio Vallejos.


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“Cabral, Raúl Armando s/privación ilegítima de la libertad agravada y tormentos”
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Proyecto de modificación de la legislación de tránsito de vehículos particulares en jurisdicción provincial de La Pampa. Reforma contravencional


Proyecto presentado en la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa. 

Autor: Franco Gallia

El presente proyecto de modificación de la legislación
de tránsito de vehículos particulares en jurisdicción provincial surge a partir del artículo: "
Análisis comparativo de la Ley Nacional de Tránsito en
las disposiciones del Código Contravencional de la Provincia de La Pampa. Las
infracciones de tránsito de vehículos particulares en jurisdicción provincial." disponible en la Revista APP. 

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