Discusiones acerca de si es aplicable, o no, la doctrina “Arriola” dentro de la cárcel. A propósito de los fallos “Rodríguez” y “Salvini” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
Entre Ríos: irrecurribilidad del veredicto de no culpabilidad del jurado
RESUMEN:
La Sala II de la Cámara de Casación de la Provincia de Entre Ríos rechazó, por unanimidad de votos, el recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal contra el veredicto de no culpabilidad emitido por el jurado.
El fallo hace hincapié en la firmeza del veredicto de no culpabilidad del jurado y establece que el derecho al recurso corresponde solo a la persona acusada.
Se cita jurisprudencia de la CSJN relativa al alcance del ne bis in idem y de la Corte IDH sobre el derecho a una tutela judicial efectiva de las víctimas.
Transcripción de la última jornada del juicio por jurados (civil) en el caso "Camps y otros vs. Bravo".
El documento contiene la transcripción de la última jornada del juicio por jurados llevado a cabo en el caso "Camps y otros vs. Bravo" en el que se puede acceder a los alegatos finales de las partes, las instrucciones impartidas y el veredicto del jurado.
El caso relativo a los fusilamientos cometidos durante la Masacre de Trelew de 1972 fue juzgado ante un jurado civil de la corte federal sur de Florida, Estados Unidos y culminó con un veredicto de culpabilidad respecto del ex marino argentino Roberto Bravo a quien se le impuso el pago de 27 millones de dólares de indemnización y daños punitivos a las familias de las víctimas.
El juzgamiento por jurados permitió determinar la responsabilidad del ex militar en la ejecución de 16 presos políticos perpetrada el 22 de agosto de 1972 en la base Almirante Zar de la Armada.
Bravo no pudo ser juzgado en la justicia argentina por haberse radicado en los Estados Unidos, de ahí la importancia del veredicto del jurado que ha sido clave para renovar su pedido de extradición con el objetivo de someterlo a juicio por las graves violaciones a los derechos humanos de lo que ha sido acusado.
Competencia en investigaciones complejas: Quien resulte más conveniente desde el punto de vista de una más eficaz investigación y mayor economía procesal
Al respecto, es doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que tanto el lugar donde se desarrolla el ardid propio de la estafa como aquél en el que se verifica la disposición patrimonial deben ser tenidos en cuenta para establecer la competencia territorial conforme a razones de economía procesal (Fallos: 311:2607).
En efecto, más allá de que de momento no es posible determinar cuáles han sido las modalidades desplegadas a efectos de hacerse de los datos de las tarjetas de crédito cuyos titulares desconocieron las operaciones, y luego, cuáles habrían sido las demás maniobras engañosas cometidas a efectos de lograr la disposición perjudicial, lo cierto es que el detrimento patrimonial se verificó en esta ciudad, sitio donde se halla radicada la sede central de “T. A. S.A”, de modo tal que la declinación de competencia se presenta cuanto menos prematura, teniendo en cuenta que en esta jurisdicción han tenido inicio las actuaciones y se ha incorporado gran parte de la prueba.
En función de ello, en estos casos, donde se investigan conductas que habrían tenido lugar en diversas jurisdicciones, la elección del juez competente debe hacerse de acuerdo a lo que resulte más conveniente desde el punto de vista de una más eficaz investigación y mayor economía procesal (Fallos: 332:869).
De tal forma, si bien los imputados tendrían su domicilio en la provincia de Bs. As. y en ese medio se habrían recibido los equipos de telefonía móvil, por razones de economía procesal y una mejor administración de justicia se justifica que, de momento, la investigación continúe en esta jurisdicción, máxime teniendo en cuenta la postura de los titulares de la vindicta pública en este asunto.
Diagnóstico Penitenciario Federal (DPF)
RESUMEN:
Se trata de un informe desarrollado por la Procuración Penitenciaria de la Nación durante los años 2021 y 2022 con el apoyo del Fondo Especial OPCAT. Tiene el objetivo de producir herramientas e información que colaboren en el proceso de definición de la capacidad de alojamiento de las unidades del Servicio Penitenciario Federal y en la evaluación de las condiciones de detención desde una perspectiva de derechos humanos.
Se complementa con información cuantitativa y cualitativa que puede ser consultada en el enlace: dpf.ppn.gov.ar