Justicia Federal dicta sobreseimiento de cultivador por inexistencia de acusación fiscal y aplicación retroactiva de ley penal más benigna
En agosto de 2019, L.E.F. y su madre sufrieron un allanamiento en su domicilio por una supuesta búsqueda de herramientas robadas. E.F. había comenzado a incursionar en la preparación casera de aceite cannábico hace aproximadamente diez años para aliviar las continuas y tortuosas dolencias de su padre. Luego continuó cultivando para su madre, quien hacía más de 17 años sufrió un ACV que le dejó totalmente paralizado el lado derecho de su cuerpo. A eso se sumaba un cuadro depresivo grave, consecuencia del fallecimiento de su marido.
En aquel entonces se habían secuestrado 50 plantines y 20 plantas en crecimiento con no más de 20 centímetros de altura y L.E.F fue imputado por la Justicia provincial, pero luego la justicia ordinaria se declaró incompetente y el caso siguió su curso en la Justicia Federal, donde fue procesado por el delito del artículo 5 inc. A (siembra y cultivo) de la ley 23.737.
Al contar en la actualidad con la autorización del RERPOCANN la Defensa instó su sobreseimiento por atipicidad de la conducta en virtud de la aplicación retroactiva de la ley penal más benigna, pedido que fue acompañado por el representante del M.P.F.
Finalmente el Sr. Juez Correccional Daniel Edgardo Alonso dictó el sobreseimiento atento a la inexistencia de acusación fiscal.