Catamarca: Privación ilegítima libertad agravada por venganza. Vejaciones. Privación funcional ilegal agravada. Rechazo de ejercicio legítimo de un cargo y obediencia debida. Personalidad y trascendencia mínima de la pena.

Fecha Fallo

SUMARIOS:
Expte. N° 59/2021:
“… la cuestión de “la falta de saludo” estuvo presente en el devenir de los (evitables) eventos siguientes, incluso en el momento mismo de las agresiones físicas en la sala de requisa, la mención por parte de la imputada de: “en donde vos me veas, me vas a saludar”, no hace más que acreditar notoriamente el sentimiento que la llevó, movilizando a toda una comisaría, a excederse en sus funciones.”
“Tanto en el traslado como en la dependencia, S. le aplicó a A. reiterados golpes en distintas partes de su cuerpo, recordándole que debía saludarla, a la par de desconfiar -o quizás, serle indiferente- de su estado de embarazo, a pesar de haberla desnudado; acciones que, en el desempeño de la función policial, comportaron tratos humillantes y degradantes para la dignidad humana de la Srta. A. y configuran la figura de vejaciones.”
"... y por otro tanto, debe quedar en claro que el accionar arbitrario y abusivo de las facultades legales conferidas a S. no puede, bajo ningún concepto, ser justificado por el ejercicio legítimo de un cargo -ya que a partir del exceso funcional probado, deja de ser legítimo-, ni mucho menos excusado por considerarse que aquella actuó bajo obediencia debida, ya que, por un lado, no consta ninguna orden de privación de la libertad dada por un superior jerárquico -que, sabemos, en el caso que esta fuere notoriamente ilegal, no obliga al inferior; y en caso que así fuera y se ejecute, generaría responsabilidad penal para ambos-, y por el otro, tal lo adelanté, fue S. quien de motu propio perfeccionó fácticamente el abuso funcional.”

Expte. N° 41/2022:
“… recordemos que S., por su función, contaba con la facultad legal de privar de la libertad a personas; pero como toda delegación de poder que realiza el Estado en sus funcionarios, aquella debe perfeccionarse respetando la ley. Así, los códigos contravencionales y procesales penales, en miras de hacer operativa la garantía del art. 18 CN -hoy cimentada con las cláusulas convencionales que amparan a la libertad individual contra procedimientos arbitraros (art. 9 DUDH, art. XXV DADDH, art. 7 CADH)- regulan tanto las causas como las formas que deben observarse para proceder a privar de la libertad a terceros; que, en la emergencia, la procesada desoyó intencionalmente, tornando su accionar desproporcionado y excesivo…”

Individualización judicial de la pena:
“… atenúan la reprimenda legal la carencia de antecedentes penales y los aspectos positivos de su informe socio-ambiental, donde se destaca que es madre de cuatro hijos y que es “la cabeza de la familia” y mantiene a los 3 hijos con los que convive… no se puede dejar de valorar que la confirmación de la presente sentencia comportará la pérdida de la función policial y consecuentemente de su trabajo en el Estado; circunstancia que por sí importa una sanción de suma gravedad para la procesada, y las razones familiares expuestas justifican, en miras de una sanción misericordiosa, la imposición de prisión de ejecución condicional, con las restricciones que correspondan (arts. 26 y 27 bis CP).”

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“S., G. F.” (Sentencia firme).
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Caso Micaela García: dictamen de Procuración General solicita la anulación de la sentencia.

Sumario para contenido

RESUMEN:
El Procurador General dictaminó en favor de hacer lugar a la queja interpuesta, hacer lugar al recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia y ordenar una nueva conforme a derecho.
Sostiene que la valoración del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos respecto a que la acusación contra Pavón por abuso sexual y femicidio no posee certeza suficiente de condena se sustentada en aseveraciones dogmáticas que no ofrecen razones suficientes y que el tribunal no examinó ni refutó los argumentos por los cuales el tribunal de casación había anulado la sentencia de primera instancia como acto jurisdiccional válido.

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TSJ CABA: condena por discriminación por cuestiones de género (F. Yañez vs. "El Presto")

Fecha Fallo

RESUMEN:
Fallo del TSJ de la CABA que revocó la condena a Eduardo M. Prestofelippo ("El Presto"), por la difusión no autorizada de imágenes íntimas y hostigamiento digital contra Fabiola Yañez, y confirmó su condena por discriminación por cuestiones de género.

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PRESTOFELIPPO, EDUARDO MIGUEL SOBRE 71 TER - HOSTIGAMIENTO DIGITAL
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Salta: orden de entrega de equinos a una ONG por considerarlos seres sintientes

Fecha Fallo

El Juzgado de Garantías de Octava Nominación de Salta ordenó la entrega provisoria de 26 caballos y un asno que estaban secuestrados en el Departamento de Caballería de la Provincia. Ello, a pedido de la ONG "Ajuya Jalala", cuya traducción es "Almas Vivas" y tiene entre sus fines el resguardar los derechos de los animales. La resolución destaca que “la jurisprudencia ha empezado a recepcionar, en materia de derecho animal, un nuevo paradigma que es tendencia y que cuestiona el status jurídico actual de cosa que les otorga el derecho argentino a los animales” -como el precedente de la “orangutana Sandra” y el proyecto de ley que se encuentra presentado en la Cámara de Diputados de la Nación denominado “sintientes”.

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GAR- 189833/ 24
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