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Artículo 19 CN

Fecha
02-07-2021

CSJN: Aspectos inherentes a la vida íntima no pueden, inicialmente, acarrear consecuencias jurídicas en la relación de empleo. Definición de acto discriminatorio.

Actos discriminatorios, Artículo 19 CN, Corte Suprema Justicia de la Nación, derechos laborales, despido sin causa, privacidad, relación de empleo

LA REVISTA PENSAMIENTO PENAL ES UNA PUBLICACIÓN ONLINE PERIÓDICA DE LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL
ISSN: 1853- 4554 | INSCRIPTA EN LA DPPJ DE BS. AS. - MATRÍCULA 39510