Mar
25
2025

Ministerio de Seguridad: Inhabilitación del funcionamiento de los centros de estudiantes en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal

A través de su Resolución 372/2025, el Ministerio de Seguridad Nacional decidió “no habilitar” el funcionamiento de los centros de estudiantes en el ámbito penitenciario federal, a la vez que resolvió “no permitir” la permanencia de las personas privadas de libertad en los centros educativos fuera del horario regular de clases.

Se trata de una resolución contraria al derecho a la educación de los detenidos y frontalmente violatoria de los principios establecidos en la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos de idéntica jerarquía y la Ley Nacional de Ejecución, normas que consagran el paradigma de la resocialización que rige en la ejecución de las penas privativas de libertad.

Quienes investigamos el fenómeno de la educación en contextos de encierro y participamos activamente de los numerosos centros universitarios en cárceles a lo largo y ancho del país, somos testigos privilegiados de los numerosos efectos positivos y reconstructivos que la educación genera, no sólo sobre la subjetividad de los detenidos que deciden participar de estos espacios, sino también sobre el espacio carcelario en su totalidad y, en definitiva, sobre la sociedad en su conjunto.

Y es que, frente a la lógica nociva, violenta y degenerativa de la cárcel, que aísla y margina a los detenidos favoreciendo su reincidencia en el delito; por el contrario la educación en contexto de encierro se erige como un espacio alternativo que ofrece nuevas oportunidades existenciales y nuevas opciones vitales, quebrando así el círculo vicioso de la violencia y la delincuencia.

De esta forma, la educación en contexto de encierro no sólo brinda herramientas para alejar a los detenidos del delito, sino que también aporta a la sociedad en su conjunto en materia de prevención del delito, reinserción y seguridad.

Se trata, en definitiva, de espacios sumamente valiosos y de enorme potencialidad, que contribuyen a desplazar las enquistadas prácticas violentas y degenerativas de la cárcel, proponiendo en su reemplazo nuevas formas de relacionamiento no violentas y reconstructivas de la personalidad y de las instituciones.

Es por ello que expresamos nuestro más absoluto rechazo a esta resolución, profundamente convencidos de que el camino para sanar las formas de relacionamiento en nuestras cárceles y en nuestra sociedad será siempre a través de la educación, y nunca en contra de la educación.

Por Facundo Ceballos (Abogado, docente e investigador en centros universitarios en contextos de encierro - Facultad de Derecho UBA).

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