La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, contenido en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente Ley.-
ARTÍCULO 2º.- Deróganse el CÓDIGO PROCESAL CRIMINAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, aprobado por Ley Nº VI-0152-2004 (5724*R) y sus modificaciones.-
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