RESUMEN:
Los actores interpusieron acción de amparo contra la Municipalidad de Lomas de Zamora con el fin de obtener el cese de la obra de ensanchamiento del Arroyo Mujica realizada en el marco del Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza−Riachuelo en cumplimiento de los objetivos fijados por la Corte en la causa “Mendoza”, en tanto perjudicaba su hábitat y los obligaba al traslado a un espacio de peores condiciones del que poseían. En el marco de ese proceso, se suscitó una contienda negativa de competencia entre la justicia del trabajo y la justicia federal de la mencionada localidad. Llegadas las actuaciones a la Corte, ésta recordó que en un pronunciamiento anterior había distribuido transitoriamente la ejecución de la sentencia en la citada causa “Mendoza” entre dos magistrados. En el caso, la acción intentada, dirigida a evitar la relocalización de los actores sin contar con los servicios públicos elementales y a suspender la obra de saneamiento, recaía sobre la competencia asignada al Juzgado Federal en lo Criminal Correccional n° 2 de Morón. Explicó que no obstaba a tal solución que ese juzgado fuera ajeno a la controversia ya que atañe al Tribunal, como órgano supremo de la magistratura, declarar la competencia de un tercer magistrado que no participó en el conflicto.
Fecha Fallo
Carátula
FERREYRA, JULIO DOMINGO Y OTROS c/ MUNICIPIO DE LOMAS DE ZAMORA s/AMPARO
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