RESUMEN:
La Cámara por aplicación del art. 55, inc. a, de la ley 27.260, declaró condonadas sendas multas que le habían sido impuestas a la empresa accionante por la comisión de la infracción prevista en el art. 954, ap. 1, inc. C (ingreso o el egreso desde o hacia el exterior de un importe pagado o por pagar distinto del que efectivamente correspondiere) del Código Aduanero. Recurrida la resolución por la Dirección General de Aduanas, la Corte confirmó la sentencia apelada. Para decidir de este modo, consideró que la conducta endilgada a la empresa actora resulta susceptible de ser condonada de acuerdo a lo normado por el art. 55 de la ley 27.260, en la medida en que la sanción reprochada no se encontraba firme a la fecha del acogimiento al régimen de regularización.
Fecha Fallo
Carátula
YPF SA c/ Administración Nacional de Aduanas s/ recurso directo de organismo externo.
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