Ago
24
2022

CABA: habeas corpus por agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención

Fecha Fallo

SUMARIO:
El día 18 de julio del 2022 se interpuso un hábeas corpus colectivo en el Juzgado Nacional en lo Crim. y Corr. Nro. 14 de la CABA, por agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención en el CPF de la CABA, habiendo denunciado tres agravios. El primero relacionado a la falta de vidrios en las ventanas o su reemplazo con placas de policarbonato en la mayoría de los pabellones del Complejo de Devoto; el segundo, por la mala calidad y deterioro de los colchones; y el tercero, la entrega de Mantas, juegos de sábanas y de vestimenta acorde al clima y la estación actual.
Al estar de feria judicial, le tocó intervenir a la señora jueza subrogante Dra. Fabiana Palmaghini quien luego de la primer audiencia del art. 9 de la ley 23.098 decidió rechazar la acción. Acto seguido el accionante impugnó la resolución argumentando que no era admisible retrotraer el procedimiento a lo dispuesto en el art. 10 de la ley 23.098, ya que el pedido de informes importó el auto de hábeas corpus que puso en marcha el proceso y obligaba a la siguiente audiencia del art. 14 de la ley 23.098 citando el precedente “Haro” de la CSJN. La Sala 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Crim. y Corr. de la CABA con la intervención de los señores jueces Dr. Pablo Guillermo Lucero y la Dra. Magdalena Laiño, revocaron el fallo del a quo y ordenaron la realización de la audiencia del art. 14 de la ley 23098 con la debida intervención del Servicio Penitenciario Federal y las partes interesadas. Por ello, la señora jueza subrogante tomó razón de lo dispuesto por el Superior y convocó a todas las partes a la segunda audiencia que se celebró el 21 de julio del 2022, donde le requirió a la administración penitenciaria una serie de informes. A posteriori, la magistrada interviniente, ordenó la realización de una amplia inspección ocular con la intervención de la Policía de la Ciudad, así como un inventario del estado de las ventanas, cantidad de mantas y estado de los colchones. Ello fue registrado además en imágenes que fueron agregadas como documentos digitales.
Por último, el 09 de agosto del 2022, el titular del JNCCC Nro. 14 de la CABA, el señor Juez Dr. Dario Osvaldo Bonanno celebró la tercer audiencia. A su turno se debatió sobre la prueba producida y se escucharon a todas las partes. Finalizada la audiencia, el señor juez entendió que se daba por configurada en la especie lo contemplado en el art. 3 inc. “2” de la ley 23.098 e hizo lugar a la acción impetrada por el representante del colectivo.

Carátula
Torti Gabriel y otros s/hábeas corpus
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