Ago
11
2022

Tribunal rechaza juicio abreviado por violación de garantías constitucionales en el proceso en una causa de estupefacientes con fines de comercialización

Fecha Fallo

El Tribunal Oral Federal de Santa Rosa rechazó un juicio abreviado y absolvió a un acusado de tenencia de estupefacientes luego de declarar la nulidad del acta de secuestro y todo los actos procesales subsiguientes.
Entre los fundamentos valoró el Magistrado Pablo Ramiro Díaz Lacava (Tribunal Unipersonal) que el acta de secuestro y allanamiento sólo contó con un testigo civil que reconoció ser un bombero conocido de la policía y no se brindaron razones atendibles para no cumplir con las mandas provinciales y nacionales en materia de allanamiento, ya que en ningún momento se fundamenta la razón de necesidad y urgencia que hayan impedido (máxime en horario vespertino de un día Martes hábil) conseguir dos testigos civiles hábiles.
Por otra parte, encontró el Magistrado luego de su evaluación de las actuaciones que el pesaje del material estupefaciente secuestrado (409 gramos de marihuana) variaba considerablemente del que surgiera a posteriori en sede del Gabinete científico de Bahía Blanca de la Policía Federal (495,46 gramos) a los fines de ser peritado sin explicitarse razón alguna consistente en dicha variación, entre otras irregularidades presente en el modo de efectuar la pericia.
Sostuvo asimismo el Magistrado que se omitió valorar las declaraciones del imputado respecto a su adicción como la incorporación de informes realizados por profesionales en psicología que daban cuenta de sus situación de consumo problemático a las sustancias.
Entre los fundamentos se explaya: Tal cuadro situacional, pareciera verificar la hipótesis sostenida por la Defensora Oficial, María Victoria Baca Paunero, sobre la carga de prejuicios morales y sociales en el ámbito jurídico al perseguir, procesar y condenar a personas usuarias del cannabis sobre la base de un cierto “sentido común” construido, antes que con argumentos y pruebas concretas de afectación a bien jurídico alguno, sobre el discurso nacido y sostenido desde el sistema prohibicionista... o incluso más, que “son comunes los procesos judiciales formados contra personas halladas en posesión de semillas, hojas o tallos de cannabis –que carecen de capacidad para generar efectos psicoactivos en el cuerpo de plantas que por sus condiciones no serán aptas para producir flores y, por ende, ni siquiera sería posible encuadrarlas en la definición de “estupefaciente” usada en la redacción de nuestra ley penal. En las mismas condiciones, los y las operadores jurídicos suelen carecer de las herramientas necesarias para entender y valorar adecuadamente los informes periciales realizados indefectiblemente por integrantes de las fuerzas de seguridad –en tanto son los únicos “peritos oficiales” con los que cuenta el Poder Judicial- que constituyen prueba fundamental al momento de establecer si una sustancia es efectivamente “estupefaciente” y así resolver los procesos penales en los que les toque intervenir.”

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