Jul
10
2017

Robo con armas. Portación de armas. Concurso ideal

Fecha Fallo

El fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, dictado en “VILLAVERDE MARECOS, Aldo Rene y otros s/ robo con armas”, (causa nº 77.996/14, Reg. 309/17), rta. 27/4/2017, por el cual María Laura Garrigós de Rébori, Luis M. García y Gustavo A. Bruzzone, hicieron lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la defensa de Bernardo Barúa Esquivel, rectificaron el punto dispositivo I de la sentencia recurrida y calificaron la conducta atribuida como robo con armas, en grado de tentativa, en concurso ideal con portación no autorizada de arma de guerra, manteniendo la pena de cinco años de prisión y accesorias legales oportunamente fijada.

Luis M. García indicó que en el caso a resolver, la portación del arma de fuego por parte de Bernardo Barúa Esquivel, se mantuvo en el marco del mismo hecho de robo con armas porque la exhibición que llevó a cabo al apuntar al conductor para que iniciara la fuga y su accionar ante la policía cuando fue alcanzado, tuvo por objeto lograr la impunidad de la sustracción que aún no se había consumado, por lo que votó por hacer lugar parcialmente al recurso de casación y modificar la calificación, en cuanto a la relación concursal entre las figuras de robo con armas y de portación ilegal de arma de guerra, por la de concurso ideal (art. 54 CP). Finalmente, señaló que sin perjuicio de la circunstancia del cambio de calificación, no correspondía disminuir el monto punitivo debido al riesgo a la integridad física que hubo durante el período que Esquivel apuntó al conductor del vehículo y la manipulación que hizo del arma cuando fue interceptado por el personal policial.

Gustavo A. Bruzzone y María Laura Garrigós de Rébori, adhirieron al voto de García.

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