Abr
19
2016

Suspensión del proceso penal a prueba. Violencia de género. Admisibilidad

Fecha Fallo

 

El TSJ de Córdoba consideró que la suspensión del juicio
a prueba puede aplicarse en un caso de violencia familiar cuando se trate de un
episodio aislado y sin gravedad, que no está inserto en un contexto de
violencia de género.



Explicó que cuando la investigación acredita con probabilidad que el hecho
puede considerarse un caso de violencia de género, en los términos de la Convención
de Belem do Pará, “no hay posibilidad de otra alternativa distinta al debate
oral en el juicio”. Pero si, tras la investigación existe duda acerca de la
subsunción convencional, porque en la indagación del contexto no emerge con
probabilidad aquello que configura el rasgo identitario de la violencia de
género para las reglas convencionales, “no están clausuradas las alternativas
restaurativas, incluida la suspensión del juicio a prueba”.



Esta situación se da cuando se trata de un caso aislado que no presenta
gravedad, cuando el hecho no forma parte de un ciclo de victimización, ni
supone el uso sistemático de la violencia en cualquiera de sus modalidades, no
necesariamente relevantes desde el punto de vista penal, que suelen ser
utilizadas por el agresor varón en relación a la víctima mujer como
manifestación de poder, dominio o control.



La resolución expresó que si no se ha verificado con probabilidad la sospecha
de la violencia de género, rige el principio in dubio pro reo, y ello significa
que, en el caso concreto, no obstante el conflicto aislado, puede haber una
igualdad real entre agresor y víctima que, en la medida que se den todas las
exigencias legales, habilita esta alternativa diferente al juicio, como la
probation, porque no concurre el deber convencional de realizar "un juicio
oportuno" y, en su caso, "sancionar".


Causa: "Trucco, Sergio Daniel p.s.a amenazas - Recurso de Casación" (15 de abril de 2016). 


Fuente: http://www.tribunales.gov.ar/cargawebweb/_news/newsDetalle.aspx?encqs=X…



Carátula
TRUCCO, Sergio Daniel p.s.a amenazas -Recurso de Casación
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