En este trabajo se procura aboradar la temática del enjuiciamiento criminal por jurados, conforme a lo resuelto por nuestro tribunal supremo en el fallo “Canales” de fecha 2 de mayo de 2019, que ya lleva más de dos años de publicado.
El autor pretende definir si el juicio por jurados tiene es una potestad o un derecho que el imputado puede escoger, o si por el contrario se trata de una facultad exclusiva del poder legislativo de cada provincia como materia no delegada al Estado Nacional.
Para lograr este objetivo, en el artículo se abordan los distintos ordenamientos jurídicos del territorio nacional que contemplan este sistema de enjuiciamiento, para luego compararlos con la solución brindada por la Corte en el fallo comentado.
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