El 22 de septiembre de 2017, se ha publicado en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley 27.350 sobre “Investigación médica y científica de uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados”, mediante el decreto PEN 738/2017. Sus contenidos se complementan a su vez con la Resolución 1537-E/2017 del Ministerio de Salud de Nación, mediante la cual se termina de delinear el “Programa Nacional de Investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales”.
Como puede observarse desde los títulos brindados a tales normas, las mismas hacen su basamento en la investigación médica y científica de la sustancia, sin ahondar en otras cuestiones políticas y normativas que fueron arduamente debatidas durante el transcurso de su sanción y puesta en vigencia.
La ley y sus complementos normativos, fueron una demanda de la sociedad civil que ha planteado a los poderes públicos la necesidad de una regulación específica del acceso al cannabis para fines médicos y terapéuticos; principalmente asociaciones de personas usuarias de cannabis y madres de niños con padecimientos tratables con la sustancia. Sin embargo, el plexo normativo al cual se ha arribado, ha desatendido sus principales demandas y no subsanado una serie de lagunas normativas que perduran al día de hoy.
El presente texto pretende abordar ello, desde una óptica de análisis de contexto mediante el cual se puedan visibilizar los alcances, aciertos y desatenciones de la legislación aprobada.
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