En el presente trabajo se pretende analizar cuál
ha de ser la calificación jurídico penal que merecen determinadas conductas de
sexting sin consentimiento del protagonista de las imágenes o grabaciones
difundidas y, más concretamente, si dichas conductas pueden ser calificadas
como delitos de descubrimiento y revelación de secretos (artículos 197 y
siguientes del Código penal). Tras el planteamiento del problema y de las
hipótesis conductuales que se pretenden calificar, se estudia el bien jurídico
protegido en estos delitos, que servirá como guía interpretativa, para
continuar con la exposición de jurisprudencia y doctrina al respecto, a las que
seguirá la toma de postura por parte del autor a la luz de los resultados
derivados de la investigación realizada, finalizando con propuestas de futuro
ante las carencias de la regulación actual.
Doctrina
Dic
09
2016
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