"Con base en las anteriores consideraciones se advierte la imposibilidad de que el abuso de armas consuma al delito de portación ilegal de arma de guerra, e incluso también a la portación ilegal de arma de fuego de uso civil. Es que la graduación del injusto de los distintos tipos penales constituye una atribución exclusiva y excluyente del Poder Legislativo de la Nación, quien al fijar escalas penales disímiles a los diferentes delitos no hace otra cosa que expresarse sobre el distinto disvalor que le asigna a cada una de las acciones consideradas delictivas (art. 75 inc. 12 C.N.). De modo que si el delito de portación ilegal de arma de guerra presenta una escala penal notablemente más gravosa (y por lo tanto implica evidentemente un mayor injusto) que el delito de abuso de armas, luego, independientemente de la estructura de ambos tipos, se configura un obstáculo insalvable para la aplicación del principio de consunción, ya que la intensidad criminal del primero no da cuenta de la totalidad del disvalor del segundo".
Fecha Fallo
Carátula
BARRAZA, Pablo Daniel y otros p.ss.aa. robo calificado con armas, etc. -Recurso de Casación
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