SUMARIO:
En el caso, se apeló el sobreseimiento de Corach, quien había sido imputado de ocultar fraudulentamente bienes durante su matrimonio para evitar su distribución en el divorcio. El juzgado de primera instancia aplicó la excusa absolutoria del artículo 185, inciso 1° del Código Penal, sobre la base de la relación conyugal y, en consecuencia, dictó su sobreseimiento.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional anuló el fallo, argumentando que la excusa absolutoria no puede ser aplicada sin antes verificar la existencia del hecho y la participación del imputado. Además, el tribunal destacó la necesidad de considerar el contexto de violencia de género patrimonial y los compromisos internacionales del Estado argentino en la protección de los derechos de las mujeres, concluyendo que la aplicación automática de la excusa absolutoria en estos casos podría restringir el acceso de las mujeres a una tutela judicial efectiva.
Fecha Fallo
Carátula
CORACH, sobreseimiento (Expte. CCC 40834/2020)
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