Fecha Fallo
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ha reafirmado que la determinación de la pena no solo debe ajustarse formalmente a la escala autorizada por la figura que reprime la conducta ilícita imputada, sino que también debe estar fundamentada adecuadamente según las pautas establecidas en los artículos 40 y 41 del Código Penal. Según la CSJN, la sentencia no debe ser un mero cálculo matemático ni una estimación dogmática; más bien, debe considerar tanto los aspectos objetivos del hecho como las características personales del autor, las cuales deben ponderarse conjuntamente. Esta postura ha sido reiterada en múltiples fallos, como los registrados en 320:1463, 329:3006 y 330:490
Carátula
CFP 1710/2012/TO2/17/2/1/RH19 De Vido, Julio Miguel y otro s/ incidente de recurso extraordinario.
Se publicará automaticamente
Desactivado
Comentar