Jun
07
2024

Córdoba: El Tribunal Superior confirma sobreseimiento de tenencia de cannabis con fines medicinales que excedían la cantidad autorizada y declara atípica la conducta por falta de lesividad

Fecha Fallo

La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba confirmó el sobreseimiento de una ciudadana a quien, en un control vehicular, se le secuestraron 11 potes de crema de cannabis y 275 gramos de flores secas de marihuana que tenía en su poder.
La fiscalía interviniente presentó un recurso de casación en contra la sentencia de sobreseimiento de la Cámara en lo Criminal y Correccional de la ciudad de Villa Dolores que había declarado que la conducta de T. no afectó el bien jurídico protegido (salud pública). La falta de afectación del bien jurídico se estableció debido a las particularidades del caso como la cantidad secuestrada, el lugar de la incautación -en la ruta previo a un viaje a Buenos Aires para ver a la madre que estaba enferma y precisaba cannabis medicinal- y la ausencia total de elementos que muestren que esas sustancias pudiesen estar destinadas a otro fin.

El Tribunal Superior cordobés rechazó el recurso de casación. Indicó que la conducta analizada no puede ser subsumida en la figura legal requerida por el fiscal, debido a que no pasaba el filtro del principio de lesividad, con jerarquía constitucional. Además, remarcó que el derecho penal es de carácter fragmentario y debe ser la ultima ratio, lo que se orienta hacia la mínima intervención del poder punitivo estatal. En virtud de estos principios, el derecho penal solo debería intervenir con sus órganos represivos en los casos de ataques graves a los bienes jurídicos más relevantes (con cita al precedente “Arregui”, S. n° 419, 22/10/2018, del mismo tribunal).

Carátula
“Trincheri, Agustina p. s. a. de tenencia simple de estupefacientes - recurso de casación” (SAC 9294522)
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