Oct
30
2023

SCJMza: confirma sentencia por lesiones leves imprudentes en el tráfico vial, determinación de la competencia por el hecho

Fecha Fallo

La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó sentencia de condena por lesiones leves imprudentes en el tráfico vial.
Se analiza que lo decisivo para determinar quién responde por el suceso lesivo no es quién tuvo el dominio del hecho en sentido naturalístico, ni quién actuó en último lugar; sino establecer quién detenta la incumbencia, la competencia por ese curso lesivo. Para definir esta competencia, criterio fundamental para atribuir responsabilidad penal por el hecho, deberá
analizarse el suceso de acuerdo con criterios de imputación objetiva. Así, la cuestión a resolver se circunscribe a si la colisión de Avecilla con su motocicleta contra el vehículo de González configura una heterolesión atribuible al acusado de autos o una autolesión impune.
Si bien la violación normativa por parte de Avecilla aumentó el riesgo propio de la actividad, no es lo que explica de forma exclusiva y preeminente la pérdida de control de motociclo, la caída y posterior colisión. Por el contrario, el accidente que causó las lesiones a Avecilla se explica principalmente por la infracción a la norma de prioridad de paso de las personas que se encuentran circulando por una rotonda, como se explica en el fallo. Es decir, la última persona competente por el hecho lesivo padecido por Avecilla es el acusado González al haber infringido la norma vial que explica el suceso.

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