Sumario:
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el auto de procesamiento por homicidio imprudente agravado por haber sido causado por la conducción imprudente de un vehículo con motor, bajo los efectos de un nivel de alcoholemia superior a 0,5 gramos por litro de sangre y darse a la fuga sin intentar socorrer a la víctima.
- Agravios: Autopuesta en peligro por parte de la víctima. Imputada adicta al consumo de alcohol por lo que no pudo adoptar una conducta debida.
- Actuaciones en donde no se le reprochó el consumo del alcohol ni su posible adicción sino que, a pesar de ello, se puso al mando de un automotor. Patología que, en caso de existir, en esta etapa del proceso, no presenta relevancia en el análisis de la responsabilidad. Constancias del legajo que permiten determinar que creó un riesgo jurídicamente desaprobado al incorporarse al tráfico bajo los efectos del alcohol. Impacto que no se produjo por la aparición repentina de la víctima sino porque la imputada, alcoholizada, no tomó la distancia debida para maniobrar ni redujo la velocidad pese a que la situación le imponía la adopción de esos recaudos. Magistrado de la instancia de origen que deberá ajustar la intimación detallando la normativa que la imputada habría infringido para evitar futuros planteos y asegurar debidamente el derecho de defensa en juicio.
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