Oct
17
2022

CNACC: Extorsión en grado de tentativa - Procesamiento - Elementos suficientes para demostrar tanto la materialidad como la responsabilidad penal de los imputados en los hechos – Confirmación – Disidencia parcial: concusión

Fecha Fallo

SUMARIO:
- Extorsión en grado de tentativa. Procesamiento.
- Elementos suficientes para demostrar tanto la materialidad como la responsabilidad penal de los imputados en los hechos.
- Calificación legal: Vocal Pociello Argerich: Imputados cuya función era la de presentar, ante un juzgado comercial, una auditoría contable y un inventario de un local. Calidad de funcionarios públicos que les sirvió sólo como herramienta para infundir la intimidación que exige la figura contemplada en el art. 168 del Código Penal para lograr la disposición patrimonial indebida. Vocal López: Amenazas utilizadas para lograr la disposición patrimonial indebida que constituyeron un acto intimidatorio expreso que conduce a encuadrar los hechos en el tipo previsto en el artículo 168 del Código Penal. Vencimiento de la voluntad de la víctima que estuvo determinado por la manifestación de una amenaza, a diferencia de lo que sucede en el caso de las exacciones ilegales, donde el solo hecho de invocar la autoridad pública basta tácitamente para quebrantar esa voluntad.
- Confirmación.
- Disidencia parcial en cuanto a la calificación legal: conducta impuesta que encuentra sustento en el delito de concusión (artículo 266 del Código Penal).

Carátula
“BIANCHI, H. y otro s/cohecho activo” (Causa Nº 43272/20) Rta. 19/09/2022.
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