Jul
08
2022

Mendoza: condena por asociación ilícita y delito de contrabando de mercaderías

Fecha Fallo

RESUMEN:
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Mendoza condenó a penas de hasta nueve años de prisión a 14 personas involucradas en una maniobra de contrabando de mercaderías desde Chile hacia Argentina. En el debate, intervino la Fiscalía General N°1 ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mendoza, interinamente a cargo de María Gloria André.
Los magistrados Alberto Carelli y Alejandro Piña junto con la jueza María Paula Marisi comunicaron que los fundamentos de la decisión se conocerán en cuarenta días, de acuerdo a lo que permite el Código Procesal Penal de la Nación en su artículo 400.
Durante el juicio, que involucró a comerciantes de ambos países, transportistas y agentes de Aduana locales, la Fiscalía explicó que los hombres conformaron una asociación ilícita que funcionó entre octubre de 2016 y julio de 2018. Bajo la presentación de documentación apócrifa, habría ingresado al país mercadería sin declarar por un monto cercano a los 350 millones de pesos. En la instrucción de la causa intervino el fiscal federal Fernando Alcaraz.
José Rodríguez Núñez y Daniel Martínez Pinto fueron condenados a nueve años de prisión por liderar una asociación de tres o más personas destinada a cometer delitos y por tres hechos de contrabando agravado. Además, se les fijó la inhabilitación especial de cinco años para el ejercicio del comercio; la inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembros de las fuerzas de seguridad y la inhabilitación absoluta por dieciocho años para desempeñarse como funcionarios o empleados públicos.
Para Adrián Fourcade Salassa, Nam Ho Park Lee, Eugenio Nasi Pereira, Jorge Rojas Huerta y Carlos Barón Knoll, el Tribunal fijó una pena de cinco años y seis meses de prisión al considerarlos integrantes de la asociación ilícita, así como también responsables de delito de contrabando. Con respecto a Ángel Palumbo Cerdán, la condena fue de cuatro años y seis meses de prisión.
A Pedro Emilio Escárate Vera, Juan Marcelo Agüero Bustos, Sergio Nicolás Agüero Bustos y Sebastián Horacio Espejo Reyes se los condenó a cuatro años de prisión por importar mercadería sin control aduanero.
En el caso de Juan Alberto Oliva Soria, la pena fue de cuatro años y dos meses de prisión, mientras que Mario Manuel Rodríguez, que se desempeñaba en la Aduana, recibió dos años de prisión de cumplimiento condicional, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Conforme surge de https://www.fiscales.gob.ar/fiscalias/mendoza-condenas-de-hasta-nueve-anos-de-prision-para-catorce-personas-por-contrabando-de-mercaderias-desde-chile-hacia-argentina/, los detalles de la causa, de acuerdo a la acusación consisten en que Rodríguez Núñez y Daniel Martínez Pinto, junto Zheng “Esteban” Cheng, actualmente prófugo, lideraban una asociación ilícita que operó en la provincia de Mendoza desde al menos octubre de 2016 hasta julio de 2018. La banda se dedicaba al contrabando de mercadería extranjera de distintos géneros desde la República de Chile a Argentina. La maniobra se llevaba a cabo mediante la presentación de documentación apócrifa para poner a disposición de terceras personas la mercadería que luego era vendida en la provincia de Mendoza, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires.
Para el Ministerio Público Fiscal, la asociación contaba también con la intervención de Park Lee, Fourcade Salassa, Nasi Pereira, Rojas Huerta, Barón Knoll, Palumbo Cerdán y Jorge Andrés Carreño Rivet, prófugo a la fecha. En ese esquema, Martínez Pinto, Rodríguez Núñez y el también prófugo Cheng dirigían el accionar del resto de los imputados, a quienes les impartían órdenes para la ejecución de los hechos de contrabando que supervisaban desde su ideación hasta la puesta en ejecución, interviniendo directamente en cada una de las etapas desde la República de Chile hasta la distribución en distintas provincias argentinas.
Los líderes de la asociación contaban con dinero en efectivo en moneda estadounidense para poder llevar a cabo sus maniobras, provisto por Cheng y también por Palumbo Cerdán, que además proporcionaba a la organización tres oficinas en Chile, Ciudad de Buenos Aires y Mendoza. De acuerdo a la acusación, en cada una de esas oficinas se recibían los clientes pagaban en dólares o con cheques la mercadería. Luego, Palumbo Cerdán les entregaba dinero a Rodríguez Núñez y a Martínez Pinto para que pudiesen costear los gastos de logística que requería la ejecución de las maniobras que llevaban adelante con su organización criminal.
En mayo de 2018, Martínez Pinto y Rodríguez alquilaron un galpón en la localidad mendocina de Coquimbito para almacenar la mercadería ingresada subrepticiamente al país, acondicionarla y despacharla. De acuerdo a lo planteado por la fiscalía, Nasi Pereira coordinaba la recepción de las cargas ilícitas en el galpón y supervisaba su posterior traslado desde allí hasta la empresa de transporte de cargas Andesmar para que fuera enviada, por encomienda, a los destinatarios finales, quienes luego pagaban mediante depósitos en las oficinas que se vinculaban a Palumbo Cerdán.

Carátula
“RODRÍGUEZ NÚÑEZ, José y otros s/ Infr. Ley 22415 e Infr. art. 210 del CP” y sus acumulados nº FMZ 46240/2017/TO1, caratulados “OLIVA, Juan Alberto y otro s/ Infr. Ley 22415”
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