Ago
24
2021

Corte IDH. Responsabilidad del Estado de Ecuador por violación a garantías del debido proceso y al derecho a la intimidad

Fecha Fallo

El 3 de junio de 2021 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante
“Corte” o “Tribunal”) dictó una Sentencia mediante la cual declaró la responsabilidad
internacional del Estado de Ecuador (en adelante “el Estado” o “Ecuador”) por: (i) la
violación del derecho a interrogar testigos; (ii) violación del debido proceso y de las
garantías judiciales indispensables relacionadas con el derecho de defensa, la presunción
de inocencia, igualdad procesal, a un juicio justo, así como respecto al plazo razonable,
y (iii) la violación al derecho a la libertad de pensamiento y expresión.
En consecuencia, la Corte concluyó que Ecuador es responsable de la violación de los
derechos reconocidos en los artículos 8.1, 8.2, 8.2.f), así como del artículo 13.1 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 del
mismo tratado, en perjuicio del señor Grijalva Bueno, en relación con el proceso penal
militar. Asimismo, determinó que el Ecuador, a la luz de reconocimiento parcial de
responsabilidad internacional efectuado, es responsable de la violación de los derechos
reconocidos en los artículos 8.1, 8.2, 8.2.b), 8.2.c), 25.1 y 25.2.c) de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma
Convención, respecto del proceso de destitución, en perjuicio del señor Grijalva Bueno.

Descargar archivo

Comentar