SUMARIO:
Mario Alberto Koessler fue condenado en primera instancia por abuso sexual contra tres catequistas de su comunidad. Contra esa resolución, planteó recurso de casación que fue acogido por el Tribunal de Casación.
El Ministerio Público Fiscal planteó un recurso de inaplicabilidad de la ley, que fue acogido por la Suprema Corte de Buenos Aires. Se tomó en cuenta que, si bien la prueba testimonial debe ser corroborada con pruebas periféricas, el Tribunal había incurrido en apreciaciones estereotipadas que debían ser censuradas. Así, por ejemplo, le dio mayor credibilidad al testimonio del coordinador de la parroquia que a las víctimas, para descreer de la versión de éstas y asociar la denuncia a conflictos laborales.
En punto a la valoración de prueba con perspectiva de género, la Corte destacó que:
"el empleo de ciertos estereotipos de género en la línea argumental de los jueces constituye uno de los obstáculos que impiden a las mujeres el ejercicio de su derecho de acceder a la justicia en condiciones de igualdad, y conduce a descalificar su credibilidad y a asignarles una responsabilidad tácita"
La Corte también se encargó de derribar un estereotipo de víctima ideal, al sostener que:
"no convalidar lo expuesto por las víctimas a partir de la idea de que por alguna razón ocultaron lo sucedido y lo denunciaron casi un año después, continuando con sus tareas parroquiales, no se exhibe como un argumento atendible, eficaz para debilitar la denuncia de las catequistas".
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