Fecha Fallo
CFCP revoca denegatoria de prisión domiciliaria y ordena el reenvío al Juzgado de ejecución de origen para realizar un amplio informe socioambiental que permita averiguar cuál es la situación de les hijes del detenido y si se encuentran en estado de abandono. El art. 32, inc. f) de la Ley 24.660 debe interpretarse a partir del principio pro homine y teniendo en cuenta el interés superior de les niñes. Debe valorarse que el acusado pertenece a la Comunidad del Pueblo Wichi, en dificultades económicas y sociales, atravesado por una lógica patriarcal que restringe las oportunidades laborales de su mujer y sitúa a la familia en una situación de precariedad especialmente grave.
Carátula
"CEJAS, Enrique s/recurso de casación"
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