Fallos
Abr
23
2021

CSJN: Se ratifica por unanimidad el derecho de las personas detenidas a licencias laborales

Fecha Fallo

Por regla general, los reclamos basados en la interpretación del derecho común -carácter que ostenta la ley 24660 (Fallos: 325:2031)- remiten a cuestiones cuya resolución es privativa

de los jueces de la causa y ajena a la instancia extraordinaria.


Tal es el caso de lo decidido en las instancias anteriores con fundamento en los artículos 107, 117 Y 120 de la ley de ejecución penal, en cuanto establecen, respectivamente, que el trabajo de los internos respetará la legislación laboral y de la seguridad social vigente, que en su organización, métodos, jornadas, horarios, seguridad e higiene se atenderán las normas del trabajo libre, y que el salario será abonado en los términos establecidos en la regulación en vigor, todo lo que condujo al tribunal a quo a considerar que el tiempo trabajado se debía computar como lo dispone el artículo 152 de la ley de contrato de trabajo, es decir, incluyendo los períodos de licencias legales o convencionales y las ausencias por enfermedad u otras causas no imputables al trabajador empleado.



Carátula
Recurso de hecho deducido por la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal -Colonia Penal de Santa Rosa U.4- en la causa Procuración Penitenciaria de la Nación y otros s/ hábeas corpus. FBB 7825/2016/1/1/RH1
Descargar archivo

Comentar