Abr
12
2021

CNCCC. Unificación de penas. Exceso del tribunal. Reemplazo por tareas comunitarias

Fecha Fallo

Se ha incurrido en un exceso de jurisdicción si al dictar la sentencia condenatoria, el sentenciante unificó la pena impuesta con una pena de prisión oportunamente sustituida por tareas comunitarias que habían sido incumplidas y que procedió a revocar. Es que la razón determinante de la revocación de la sustitución se acota al incumplimiento de las tareas que el obligado asumió realizar y en tal sentido, en su caso total o parcialmente, esa decisión resulta ser una cuestión de competencia ajena al segundo tribunal sentenciante, en tanto constituye un asunto que debe ser resuelto en la sede donde oportunamente fue decidido, con el deber de asegurar el derecho a audiencia a la parte interesada, en trámite de carácter contradictorio. Sentado ello, y a resultas de lo que allí se disponga, quedará condicionada la necesidad de un nuevo pronunciamiento unificatorio (voto de los jueces Días, Morin y Sarrabayrouse)

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