Mar
20
2018

Prisión preventiva. Hurto en tentativa. Escala penal mínima. Proporcionalidad

Fecha Fallo

Corresponde conceder la excarcelación bajo caución juratoria respecto de quien se encuentra detenido cautelarmente por ser considerado autor del delito de hurto tentado, puesto que el plazo de duración de la medida cautelar dispuesta se tornó desproporcionado atendiendo al mínimo de la escala penal prevista para el tipo delictivo que se le imputa. Esta sola circunstancia tendría que haber suscitado el cese de la medida cautelar que se impugna y la adopción de otra menos lesiva en procura de resguardar la sujeción al proceso del imputado (voto jueces Niño, Bruzzone y Garrigós de Rébori)

 

Sin perjuicio de disponer la excarcelación de quien se encuentra detenido cautelarmente en orden al delito de hurto tentado, no puede pasarse por alto que aun cuando fue aprehendido en “flagrancia”, luego de la audiencia preliminar, la defensa junto al imputado y con la conformidad de la fiscalía, consideraron que la causa debía dejar de tramitar bajo las disposiciones de la ley 27.272, para llevar adelante el “trámite común”. Al respecto, cabe considerar que de haber seguido tramitando el proceso por las disposiciones de la ley 27.272, no se estaría discutiendo la necesidad de la prisión preventiva pues conforme con los plazos previstos en esa ley, ya se habría arribado a la solución final del caso (voto jueces Niño, Bruzzone y Garrigós de Rébori). 

 

“Beltrán Puerto, Cristian Camilo s/ rechazo de excarcelación”, CNCCC 2432/2017/TO1/2/CNC1. Dsls 1, Reg. nro. 114/2018, resuelta el 22 de febrero de 2018.

Descargar archivo

Comentar