La Cámara Penal
confirmó el procesamiento de dos policías que
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custodiaban a un preso que escapó de un
hospital. Para los jueces son
coautores del delito de favorecimiento de
evasión culposa.
En los autos "J., C. J. y otro
s/procesamiento”, la defensa de dos
policías interpuso un recurso de apelación
contra la sentencia que los
procesó como coautores del delito de favorecimiento
de evasión
culposa.
Según consta en la causa, los procesados habían
sido asignados para
custodiar a un detenido anotado a la orden de un
juzgado de
instrucción, mientras estaba en el interior de
un box en la guardia de
un hospital público, que se escapó luego de
pedirle a los policías que
se queden afuera porque necesitaba ir al baño.
Frente a ello, los miembros del Tribunal
resolvieron confirmar la
resolución que los procesó y resaltaron que el
Reglamento General de
Procedimientos con Detenidos prevé que la
custodia de hombres "se
establece junto a la cama". Además, los
demandados reconocieron que se
les había encomendado "no perderlo de
vista".
“Se trata de un tipo culposo autónomo, en el que
la conducta
negligente del autor causa la fuga de la persona
privada de su
libertad ambulatoria”, resaltaron los jueces.
Los magistrados explicaron que en este caso se
configura el delito de
favorecimiento culposo de evasión la acción del
imputado que, por su
negligencia al descuidar su tarea de vigilancia,
ya que permitió que
el detenido se fugue por una ventana del baño
con salida a la playa de
estacionamiento, donde lo aguardaba un
automóvil, por cuanto no
extremó los recaudos de cuidado necesario al no
haber comprobado que
la ventana pudiera abrirse.
Finalmente, los camaristas resolvieron de manera
unánime confirmar la
sentencia de grado.
Fecha Fallo
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