La Cámara
Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento de
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un empleado de la AFIP por realizar una campaña difamatoria
contra
Elisa Carrió al utilizar información amparada por el secreto
fiscal.
En los autos "B. G. s/ procesamiento", la Cámara
Nacional de
Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el
procesamiento de un funcionario de la AFIP por realizar una
campaña
difamatoria contra la legisladora Elisa Carrió, al utilizar
información amparada por el secreto fiscal.
El empleado de la AFIP utilizó información
amparada por el secreto
fiscal a fines de efectuar una campaña de desprestigio,
ajenos a la
misión del organismo recaudador.
El hecho salió a la luz a raíz de una publicación de la
Revista XXIII
que denunció que la diputada estaba construyendo una chacra
que no se
correspondía con sus ingresos.
A partir de allí, el funcionario de la entidad solicitó el
allanamiento de determinadas fincas del Club de Campo Chacras
de la
Cruz, situado en Capilla del Señor, provincia de Buenos Aires
por
supuesta evasión de impuestos por parte de la empresa
constructora,
que supuestamente había vendido un terreno a Carrió.
Para los miembros del Tribunal, el empleado de la AFIP utilizó
información amparada por el secreto fiscal a fines de
efectuar una
campaña de desprestigio, ajenos a la misión del organismo
recaudador.
En ese sentido, los jueces remarcaron que el empleado hizo un
uso
"incorrecto, arbitrario o improcedente de una facultad
jurídica
también configura la acción descripta por el tipo penal, que
se
concreta cuando el funcionario hace algo que la ley como
principio
abstracto le permite hacer, simulando que se encuentran dadas
las
condiciones para actuar de tal manera".
Finalmente, los magistrados afirmaron que el funcionario de
la AFIP se
basó sólo en las versiones periodísticas para dictar el
allanamiento y
crear una imagen negativa de la política, que en ese entonces
se
encontraba en plena campaña.
Fecha Fallo
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