Nov
23
2017

Restitución de licencia de conducir. Condena anticipada

Fecha Fallo

El fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “D., A. P. s/entrega de licencia de conducir” (causa n° 57/2017) rta. 5/10/17, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado contra la resolución por la cual no se hizo lugar a la entrega de su licencia de conducir. Los vocales declararon la nulidad de la decisión.

              Luis María Bunge Campos y Jorge Luis Rimondi explicaron que la resolución era nula porque lo decidido con el argumento de denegar el reintegro de un objeto secuestrado, significaba la imposición anticipada de la medida cautelar de inhabilitación provisoria para conducir (art.311 bis CPPN) antes del momento procesal oportuno para ello, que sería con el dictado del auto de procesamiento. Finalmente los vocales dejaron a salvo sus posturas en cuanto a que la imposición de la inhabilitación provisoria antes de una sentencia condenatoria era inconstitucional.

              Mauro Divito, dejando a salvo su postura respecto a la inconstitucionalidad del art. 311 bis del CPPN que entiende que solo debe ser abordada si previamente se verifica que la imposición de la medida que se basó en la previsión legal atacada, -en el caso, inhabilitación preventiva- resulta adecuada a ésta, estuvo de acuerdo en que la resolución era nula porque con lo decidido se impuso una medida cautelar sólo autorizada para el momento del dictado del procesamiento.. 

Descargar archivo

Comentar