El fallo de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “T., D. A. s/nulidad” (causa n° 70.003/2004) rta. 11/10/17, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado contra la resolución del juez de la instancia de origen que rechazó el planteo de nulidad presentado respecto de la declaración indagatoria prestada por el imputado. La defensa cuestionó el acto porque no fue presenciado por el magistrado y fue materializado por la Secretaria Ad hoc del tribunal. Los vocales confirmaron la resolución.
Explicaron, citando varios fallos, que el cúmulo de trabajo del sistema judicial ha llevado a que se deleguen funciones en los inferiores jerárquicos para no atrasar la correcta administración de justicia. Que en el caso, la letrada rubricó el acta sin objeciones, pese a que pudo solicitar que se hiciera presente el juez o que se dejase constancia de la irregularidad que ahora denuncia. Agregaron que no se agravió al respecto cuando la Sala, en el mes de julio, confirmó el procesamiento, planteando la cuestión cuando la Fiscalía presentó su requerimiento de elevación a juicio, situación que sólo denotaba la intención de dilatar el inicio del eventual debate, por lo que votaron por confirmar la resolución recurrida.
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