07-07-2017 -
CNCCC - Fallos Penales de Interés General nº 84/2017:
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Libertad condicional rechazada – Magistrado que
no tuvo en cuenta los
informes favorables correctamente fundados –
Exceso de jurisdicción -
Nulidad.-
El fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de
Casación en lo Criminal
y Correccional de la Capital Federal, dictado en
“C, O. G. s/ libertad
condicional”, (causa nº 76.685/96, Reg. 96/17),
rta. 22/2/2017, por el
cual Luis M. García, Horacio Dias y María Laura
Garrigós de Rébori,
hicieron lugar al recurso de casación
interpuesto por la defensa,
anularon la decisión recurrida y reenviaron las
actuaciones para que
el juez de ejecución, previa audiencia del
condenado y de la víctima,
dicte nuevo pronunciamiento.
Luis M. García, a cuyo voto adhirieron Dias y
Garrigós de Rébori,
señaló que no se encontraba en discusión que el
condenado sufrió en
detención el tiempo necesario que le permite
solicitar la libertad
condicional. Precisó que el Consejo Correccional
había emitido un
informe favorable y fundado respecto de O. G. C.
y que, durante la
sustanciación de la libertad condicional, el
psicólogo especialista en
salud mental de la Unidad informó que no era
necesario para el
programa de tratamiento individual, incluir al
condenado al régimen
especial del programa para agresores sexuales
(CAS), por lo que el
magistrado de ejecución carecía de competencia
para opinar sobre el
programa de tratamiento mas adecuado y excedió
su jurisdicción al
expedirse en el sentido que lo hizo. Finalmente,
agregó que no se
siguió el procedimiento previsto en el art. 28
de la ley 24.660,
párrafo 2do y 3ro, antes de tomar una decisión
sobre el pedido de
libertad condicional previsto para los
condenados por los delitos del
art. 119, párrafo 2do. y 3ro., 120 y 125 del CP,
expidiéndose por
declarar la nulidad de la decisión recurrida y
reenviar la causa para
que el juez de ejecución, previa audiencia,
dicte un nuevo
pronunciamiento.
Asimismo se adjunta el fallo de la Sala I
emitido en “R. C., M. s/
libertad condicional”, causa nº 32.795/07, Reg.
nº 395/17, el
23/05/2017, por el cual María Laura Garrigós de
Rébori, Gustavo
Bruzzone y Luis M. García, se expidieron en el
mismo sentido en un
caso que no resulta ser exactamente igual pero
tiene similitudes que
permitieron llegar a la misma conclusión.
Fecha Fallo
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