El fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, dictado en la causa “LAGOS, Carlos Ariel y otros s/ robo agravado”, (causa nº 61.062/2013, Reg. 663/2016), rta. el 30/8/2016, por el cual, por mayoría, se hizo lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la defensa, se casó la sentencia en razón de la errónea interpretación de la ley aplicable –arts. 42 y 45 del Código Penal – sólo en cuanto consideró consumado el hecho n° 1 (causa n° 4320) y en cuanto consideró a Carlos Ariel Lagos coautor del hecho n° 2 (causa n° 4182), estableciendo que el hecho n° 1 queda calificado como robo en grado de tentativa –suceso por el cual resultó condenado Jonathan Josué Basualdo Buenard en calidad de coautor–; y asignando la calidad de partícipe secundario a Carlos Ariel Lagos en el marco del hecho n° 2. Asimismo, por unanimidad, se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa en todos los restantes motivos de agravios y se dispuso el reenvío de la causa a un nuevo tribunal para que determine la pena a imponer
Fecha Fallo
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