La Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires aprobó la creación del de Registro de Personas fallecidas en condiciones de encierro, según lo establecido por la Subsecretaría de Derechos Humanos para un mayor control de las condiciones de detención.
El Máximo Tribunal expresó que a fin de proveer al adecuado acceso a la información colectada, es necesario adoptar un modelo de Registro fácil, seguro y rápido en cuanto a su consulta por parte de todos los actores interesados, por lo tanto, la Subsecretaría de Tecnología Informática tiene 60 días para desarrollar un sistema de carga y descarga de datos que deberá aparecer publicada en la página oficial del organismo.
Asimismo, solicitó a "los Jueces del Fuero Civil y Comercial; del Fuero Penal; del de Familia; del de Responsabilidad Penal Juvenil; y, de la Justicia de Paz, cada uno en el ámbito de sus competencias jurisdiccionales, que hagan saber a la Subsecretaría de Derechos Humanos de' las Personas Privadas de la Libertad, en forma inmediata, las muertes que desde la autoridad de custodia se le anoticiaren respecto de personas detenidas o internadas bajo su control".
En ese sentido, los jueces deberán informar la identidad de la persona fallecida, su edad, el centro de detención o de salud en que se alojaba, el lugar físico donde falleció, una breve descripción de la causa de muerte, la fecha de cuando ocurrió y la autoridad que lo informa. Asimismo, la causa en la que se hallaba detenida o internada, según corresponda, y el día del deceso.
Los informes desde los penales se realizarán través del sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas y el registro deberá entrar en vigencia en los próximos 30 días.
La Subsecretaría de Derechos Humanos de las Personas Privadas de la Libertad será la encargada de mantener actualizado el registro y todo organismo, funcionario judicial o persona que desee acceder a él, deberá solicitar una clave que será otorgada por la Corte Suprema.
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