El fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, dictado en la causa “Fernández, Marcelo César s./ incidente de excarcelación”, (causa nº 3.429/15, Reg. nº 8/16) rta.: 12/2/2016, por el cual los vocales Daniel Morin, Luis M. García y Eugenio C. Sarrabayrouse, hicieron lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, casaron la resolución y concedieron la excarcelación a Marcelo César Fernández, debiendo la instancia de origen fijar una caución personal o real que estime pertinente, junto con las obligaciones que considere adecuadas imponerle para garantizar su presencia en el proceso.
Oportunamente, la Cámara de Apelaciones había confirmado el rechazo de la excarcelación.
Precisaron los vocales que correspondía revocar la negativa debido a que sólo la pena en expectativa fue lo que se arguyó como pauta valorada para presumir la existencia de un riesgo procesal de fuga. Agregaron que los restantes parámetros enunciados debían ser descartados por no ser válidos para conformar la presunción, explicando que el argumento “la comisión del presente hecho demuestra un desapego a las normas” era erróneo porque de ello no se colegía el riesgo de fuga; que el imputado registre varias filiaciones en el Registro Nacional de Reincidencia, tampoco era una enunciación válida porque en el proceso en cuestión se identificó correctamente, aportó su DNI y el domicilio que indicó fue constatado; que “el intento de huida” tampoco podía ser considerado y; finamente, que la medida de prueba que restaba llevar a cabo no era susceptible de ser frustrada por la libertad, por tratarse de un peritaje e informes.
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