Revoca la sentencia que confirmó la prisión preventiva del imputado en orden al delito de robo agravado por el uso de arma con sustento en la gravedad del delito y la incomparecencia reiterada a prestar declaración indagatoria. Refiere que el magistrado desoyó lo resuelto por la CSJN en el caso “Wilson, Osvaldo Enrique y Donamaría Félix Victoriano”, en cuanto resolvió que la escala penal no es suficiente per se para fijar dicha medida cautelar y que debe evaluarse concretamente el riesgo procesal al momento del pedido de excarcelación. En tal sentido agrega que si bien tal riesgo evaluado con anterioridad por el magistrado pudo ser relevante en la etapa instructoria del proceso, en el estadio actual, con sentencia condenatoria no firme, pierde virtualidad, es que, en aquella instancia el imputado fue aprehendido en su domicilio para ser conducido ante el juez, por lo que no puede decirse desplegó acciones para intentar eludir la acción de la justicia, el nombrado tiene arraigo en la ciudad, no cuenta con facilidades para abandonar definitivamente el país y desde que se encuentra detenido presenta excelentes guarismos de conducta y concepto.
Fecha Fallo
Carátula
I., E. O. s/ Robo con arma, incidente de excarcelación
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