SUMARIO:
I.- Introducción – II.- El problema de los motivos reprochables – III.- Los cambios legislativos como respuestas a las demandas sociales – IV.- Los «motivos» reprochables – V.- La mayor gravedad de los homicidios cometidos por odio – VI.- Mis palabras finales - VII.- Bibliografía
RESUMEN:
En este trabajo se realiza una crítica del texto “Homicidios por odio como delitos de sometimiento” de José Milton Peralta. El objetivo es explorar la legitimidad constitucional de las agravantes del homicidio motivado por razones abyectas. Primero, se discuten los argumentos de Peralta, quien sugiere que los homicidios por odio se relacionan más con la motivación del agresor que con la violencia de la acción. Peralta argumenta que la norma penal no debe castigar los pensamientos, sino las acciones y sus efectos sobre terceros, y propone que los motivos deben tener un correlato objetivo para justificar medidas legales más severas. Se examina el contexto legislativo de la ley 26.791, que incorpora el odio de género y otras motivaciones al Código Penal. El texto detalla que los cambios legislativos han sido respuestas a demandas sociales y a la desigualdad estructural en Argentina. Se menciona la importancia de proteger los derechos de grupos históricamente discriminados y se analizan las preocupaciones expresadas en los debates parlamentarios sobre esta ley. También se reflexiona sobre la noción de "motivos" reprochables y la diferencia entre la sanción de homicidios motivados por odio en comparación con otros motivos como placer o codicia. Se argumenta que la emoción de odio puede ser evaluada y que el derecho no prohíbe pensamientos, sino su expresión en acciones que dañan a otros. Finalmente, se concluye que los homicidios por odio no solo afectan a la víctima directa, sino que generan un daño social mayor al amenazar la dignidad, autonomía e igualdad de otros individuos en la misma situación. Se destaca que entender estos crímenes requiere considerar su trasfondo discriminatorio y el impacto que tienen en la percepción de vulnerabilidad en la sociedad. El autor aboga por un enfoque que visibilice estos aspectos en el derecho penal y la necesidad de un sistema más tolerante y libre de violencia.
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