RESUMEN:
En este trabajo intento demostrar que en la teoría hegeliana de la pena, la experiencia de lo ilícito es determinante para que el concepto de derecho adquiera la característica de ser coactivo. Dicha experiencia revela la impotencia de un marco jurídico racional establecido a priori según principios morales para regir las conductas de los hombres. Esto conduce a la consideración de las condiciones necesarias para la vigencia efectiva de un estado de derecho. El desarrollo consta de cuatro partes. En la primera, se procede a la determinación del concepto de ilícito como una mediación que permite la transición hacia el derecho positivo. Asimismo, se expone la clasificación hegeliana de las acciones ilícitas a partir de una analogía con los juicios de existencia. A propósito de ello se explica por qué el delito es entendido como un juicio infinito en su forma negativa. En la segunda, se expone la fundamentación
hegeliana de la pena como contracara del delito y como un derecho del criminal. La pena expresa en su realidad efectiva la nulidad esencial del acto delictivo. En la tercera, se evalúa la posición de Hegel frente a otras teorías rivales del castigo y se muestra que uno de sus valores más importantes consiste en desenvolverse dentro de la especificidad de lo jurídico. Por último, se muestra cómo la
experiencia de lo ilícito pone de relieve la necesaria constitución ética de los sujetos de derecho y exige el marco del Estado como órgano que encarne legítimamente el derecho coactivo.
REFERENCIA:
Artículo originalmente publicado en "Revista de Filosofía", Revista Pensamiento Penal solicita la cita de la publicación original.
CITA SUGERIDA:
Mizrahi, Esteban, La legitimación hegeliana de la pena, Revista de Filosofía, vol 29, núm. 1, 2004, pp. 7-31.
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