Se realizan tres comentarios principales sobre el texto de Ramírez Ortiz «El testimonio único de la víctima en el proceso penal desde la perspectiva de género». En primer lugar, se propone concebir en dos sentidos las exigencias de la perspectiva de género respecto del testimonio único, a saber, como propuesta normativa y como propuesta epistémica. Esta distinción, se alega, tiene incidencia respecto de cómo esa exigencia repercute en el principio de inocencia. En segundo lugar, se indican algunas distinciones para afrontar en más detalle las dificultades que, para la consideración del testimonio de la víctima, generan los estereotipos. Por último, se introduce un argumento acerca de las consecuencias más generales que los sesgos implícitos poseen para la evaluación del testimonio en general.
Doctrina
Mar
31
2020
Notas sobre el testimonio único en casos de violencia de género
Por: Federico José Arena
Comentar