El decreto Nº 103/2017 crea la “Comisión para la Reforma del Código Penal de
la Nación” conforme “la necesidad de
lograr una adecuada sistematización y ordenamiento de toda la normativa penal,
abordando las modificaciones necesarias”. La norma afirma que “resulta imprescindible que la normativa
punitiva nacional sea adecuada a los compromisos asumidos en el plano
internacional, en particular en lo atinente a la vigencia de la protección de
los derechos humanos y de la persecución del terrorismo, del narcotráfico y la
corrupción”.
Transcurridos veintiocho años
desde la sanción de la Ley 23.737, plazo en el cual dicha norma no ha recibido
modificaciones sustanciales que modifiquen su estructura, y habiendo ocurrido
en el mundo y en nuestro país una variedad de sucesos políticos y jurídicos
relacionados con la cuestión, están dadas sin duda las condiciones para un
análisis de en qué medida los objetivos de dicha norma se cumplieron, qué
modificaciones requiere y cuál es su sentido en la actualidad.
En el presente texto, el autor intenta resumir los argumentos mediante los cuales se demanda un cambio
legislativo dirigido al respeto de los derechos de los consumidores de
sustancias prohibidas y la coherencia de un sistema que se presenta como
anacrónico y desproporcionado en el presente contexto nacional e internacional.
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