La delincuencia informática
facilitada por las Tecnologías de
mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:minor-latin;color:#222222;
mso-ansi-language:ES-AR;mso-fareast-language:EN-US;mso-bidi-language:AR-SA">la Información y la
Comunicación (TIC) han llevado al legislador penal a incluir
nuevos tipos penales que abarquen y combatan estas conductas. En los últimos tiempos
aparecieron un conjunto de anglicismos referidos a distintos
fenómenos de abuso que tienen como víctima principal a los menores entre estos
conceptos están: el ciberbullying,
el happy slapping, el sexting y el grooming o ciberacoso sexual
infantil. El crecimiento de la conectividad a internet en nuestro país en los
últimos años (mayor a la media mundial) y la gran
difusión de las redes ha provocado un marcado aumento
en los delitos que se cometen en perjuicio de jóvenes y niños, muchos de los cuales
pasan varias horas al día frente a sus pantallas, y se exponen a ser
captados por pedófilos que los engañan, a partir de la gran
información que los propios chicos vuelcan en sus perfiles sociales. El
presente trabajo busca analizar el “grooming” como
fenómeno efectuando una actividad exploratoria en su
repercusión y analizar someramente la estructura típica del delito sancionado
recientemente en nuestra legislación de fondo como así también
indagar sobre el rol que tienen TIC para posibilitar estas conductas
sugiriendo finalmente formas de combatir este flagelo.
Doctrina
Ene
22
2017
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