En el presente trabajo se aborda, desde una
posición crítica,
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minor-latin;color:#222222;mso-ansi-language:ES-AR;mso-fareast-language:EN-US;
mso-bidi-language:AR-SA">el análisis de las reformas introducidas en la
libertad condicional por
la LO 1/2015, de 30 de marzo. Se entiende que la
nueva configuración como suspensión de la ejecución del resto de la
pena dificultará muy seriamente que esta institución pueda atender a
fines de prevención especial positiva; es decir, que la pena de
prisión impuesta resulte lo menos lesiva posible para la libertad personal; y,
que, a su vez, propicie que la persona condenada no vuelva a
cometer delitos en el futuro. Por el contrario, se comprueba que se
configura como un instrumento que permite prolongar el control penal
y aumentar la
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severidad de la prisión en el ámbito de su
ejecución.
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