A
un año de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de
marzo, de reforma del Código Penal, merece la pena repasar el
alcance de una de sus principales novedades: la contenida en su
disposición derogatoria única por la que deroga el libro III del
Código, relativo a “ las faltas y sus penas” e introduce, al
mismo tiempo, el novedoso concepto de delito leve. Esta modificación
operada por la LO 1/2015 afecta no solo semánticamente en relación
con las antiguas faltas, sino que modifica sustancialmente la
tipicidad y el tratamiento procesal de las mismas desde el nuevo
concepto de delito leve.
Doctrina
Ago
08
2016
La derogación de las faltas y la creación de los delitos leves por la LO 1/2015. (España)
Por: Alicia Amer Martín
Comentar