Mayo
09
2016

El levantamiento del velo corporativo en delitos ejecutados a través de la implementación de estructuras societarias complejas

En
el ordenamiento jurídico costarricense existe un vacío tanto a 
nivel doctrinario, como  legislativo  y 
jurisprudencial,  especi
almente 
en  materia  penal,  respecto  del tratamiento 
jurídico  de  la  teoría  de  la 
perforación  del  velo  corporativo,  que 
se 
enarbola
desafiante frente a la tradicional consagración de la personalidad
jurídica autónoma  de  las  figuras 
asociativas  mercantiles,    distinta  de 
la  de  sus  socios.  El somero desarrollo de
este instituto a nivel nacional ha tenido que producirse en la 
vía 
jurisprudencial.   La  creación  deliberada 
de  estructuras  corporativas  es  muy
frecuente,  y  si  bien  son  medios 
legítimos  utilizados  en  la  práctica 
diaria  del comercio, también lo es que se utilizan como
instrumentos para cometer delitos y distraer bienes, frutos de esos
ilícitos. La práctica del levantamiento del velo se da
–infrecuentemente-en materia penal, lo  cual  a 
criterio  de  la  autora entorpece  y 
limita  las  investigaciones  penales,  y 
en consecuencia,  la  posterior  imputación  de 
estos  delitos  a  las  personas  detrás 
de estas estructuras, así como la persecución de su patrimonio. Se
observa, entonces, un  problema  teórico  y 
normativo,  que  presenta  severas 
repercusiones  a  nivel social y económico. Los  
atributos   otorgados   a   la  
personalidad   jurídica   de   estas  
asociaciones mercantiles,    dificultan  en 
gran  medida  la  labor  investigativa,  de 
imputación  de delitos  y  recuperación  de 
bienes,      pues  constituyen   
instrumentos  efectivos  para disipar rastros.Esto 
hace cuestionarse la necesidad de legislación que expresamente
permita a las autoridades judiciales perforar el velo corporativo
cuando se está ante un abuso de la  personalidad 
jurídica,  o  si  basta con la implementación de un
“test” a nivel jurisprudencial,   el   cual  
ha   tenido   gran   desarrollo  
y   éxito   en   los  
sistemas anglosajones, especialmente en Estados Unidos. En  ese 
sentido,  la  hipótesis  de  la  cual 
se  parte  en  esta  investigación  es 
que  la perforación  del  velo  corporativo 
es  una  herramienta  jurídica-procesal 
inexistente en nuestro ordenamiento jurídico penal e incorporada del
derecho anglosajón por vía jurisprudencial que, bien definida y
aplicada, sería de gran utilidad no sólo en la elaboración de 
la  teoría del  caso sino en la resolución del mismo y en
el rastreo y recuperación    de   
bienes.    Este   instituto   
permitiría    desarticular   
estructuras societarias complejas, facilitando la labor de probar la
existencia de la comisión de 
un 
delito,  y  la  posibilidad  de 
identificación  e  individualización  de  las 
personas físicas  que  se  escudan  detrás 
de  las  sociedades  para  realizar  las 
actividades delictivas.  Esto  a  su  vez 
permitiría  evitar  la  distracción  de 
bienes  que  deberán 
responder
civilmente por los perjuicios causados. Para ello se analizó la
aplicabilidad de la teoría del corrimiento del velo social en
el 
Derecho 
Penal  Costarricense,  específicamente  en 
relación a los  delitos  cometidos mediante  
la   creación   y   utilización  
de   estructuras   corporativas  
complejas. Se analiza   si los procesos   de  
integración normativa han   sido   idóneos  
en   la 
experiencia 
costarricense  para  solventar  la  laguna 
estudiada,  para  finalmente denotar que la falta de
regulación del instituto dicho representa un problema de la
práctica  jurídica en  la  resolución  de 
casos  concretos  y  cómo  ello  favorece
-y  a  la 
larga
fomenta-determinadas conductas disvaliosas. Específicamente 
en  la  experiencia  penal,  y  luego 
de  hacer  un  análisis  sobre  los 
fines 
del  proceso  penal,  sus  etapas,  actores 
y  principios orientadores  concluye  la autora 
que  éstos  son  suficientes  para 
autorizar  el  levantamiento  del  velo 
social. Éste debe entenderse a la luz de ciertas máximas: por una
parte está el principio de 
libertad  
probatoria,   la   búsqueda   de  
la   verdad   real,   la  
subjetividad   de   la responsabilidad 
penal,    el  mandato  de  restablecer 
las  cosas  al  estado  que  tenían antes 
del  hecho,  así  como  las  reglas 
de  responsabilidad  por  el  hecho 
punible  y 
otras
normas del ordenamiento penal. Luego   realizar  
el   estudio   referido,   concluye  
que el   ordenamiento   jurídico 
costarricense
-tal  cual-contiene  suficientes  sustento 
jurídico  que  faculta  a  los jueces de todas
las áreas a aplicar la doctrina del levantamiento del velo social,
en cualquier materia, incluyendo por supuesto la penal. Sin embargo,
la realidad dista de  esa  posibilidad  jurídica, 
ya  que  se  constató  que  los 
jueces  actúan  de  forma tímida frente a esa
posibilidad. Además que, no infrecuentemente en materia penal se
penetra detrás de las estructuras corporativas mediante mecanismos
procesales cuestionables, sin existir un verdadero análisis de
fondo.

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